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PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL I. Introducción El titular del proyecto asume como necesaria la implementación de un Plan

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PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL I.

Introducción

El titular del proyecto asume como necesaria la implementación de un Plan Vigilancia Ambiental, considerado como fundamental en la búsqueda de fortalecer y viabilizar las etapas de construcción, operación y mantenimiento mediante la inclusión de la población involucrada en el Área de Influencia del Proyecto. Por ello, El Titular del proyecto, siguiendo su política ambiental y de responsabilidad social y bajo un paradigma de promoción y sustentabilidad del desarrollo local, tiene el compromiso de aplicar acciones eficaces para que la población del Área de Influencia del Proyecto, participe en la implementación de las propuestas para medir, mitigar o potencializar los impactos ambientales que se generarían por el mismo. II.

Justificación

El titular del proyecto apuesta por una implementación exitosa del Proyecto “mejoramiento y construcción de carretera en el distrito de Marias”, por ese motivo apuesta por la participación de la población como monitores y veedores contribuirá en la sostenibilidad del Proyecto y en la adaptación de un mejor modo de vida, permitiendo además el óptimo cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental. III.

Objetivos

- Incluir la participación de la población del Área de Influencia del proyecto como monitores y vigilantes sociales para el seguimiento de los compromisos asumidos por el titular del proyecto. - Vigilar el cumplimiento de parte del titular del proyecto de los compromisos ambientales. - Establecer el Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana - Capacitar al Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana con la finalidad de seguir los compromisos asumidos por el titular del proyecto.

IV.

Base legal

a) Política Nacional del Ambiente (Mayo 2009) Objetivo 3.- Construir nuevos modos de producción y vida basados en los principios de la sostenibilidad, la ética, la inclusión social y la justicia ambiental.

Lineamientos de Política: Institucionalidad e Inclusión Social en la Gestión Ambiental Promover acciones de vigilancia, monitoreo, supervisión, fiscalización y otorgamiento de incentivos, que coadyuven al cumplimiento de la normativa y objetivos de la gestión ambiental. - Fomentar la participación activa y pluricultural de la población en la gestión ambiental, y en particular, la intervención directa de grupos minoritarios o vulnerables, sin discriminación alguna. V.

Ubicación del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana.

La oficina del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana se ubicará en las instalaciones de la empresa a ejecutar con una atención constante en horario de oficina (de 8.00 a.m. a 5:30 p.m.). VI.

procedimientos de trabajo

La ejecución (trabajo) del programa estará a cargo del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana y este trabajo seguirá el siguiente plan esquema: 1. Elección del comité de vigilancia. 2. Elaborará un documento detallado donde se establezca su visión, misión, objetivos y un cronograma de monitoreo y vigilancia ciudadana actualizado a ser realizado en conjunto con el titular del Proyecto. 3. Capacitación del comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana. Acompañar en calidad de observadores al titular del Proyecto y a las autoridades encargadas de la supervisión y de la fiscalización de las actividades eléctricas y de la calidad ambiental. 5. Realizar la vigilancia en los resultados del monitoreo ambiental que se realizarán en las diferentes etapas del Proyecto coordinando la logística proporcionada por el titular del Proyecto. 6. Realizar la vigilancia del cumplimiento de los compromisos sociales del proyecto. 7. Elaborará un registro de las actividades de monitoreo ambiental (establecidos en el Programa de Monitoreo Ambiental de todo el Proyecto) donde se indicará, fecha, lugar, hora y responsable del monitoreo ambiental, así como el nombre y DNI de los miembros del Comité que participen de la visita y del registro. 8. Participar a la población de los resultados del Comité de Vigilancia Ciudadana

VII.

Conformación del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

El programa se desarrolla para buscar la participación de la población del Área de Influencia del Proyecto, en el desarrollo en todas las etapas del mismo; es por ello que la conformación estará dada en base a la elección y criterios de representatividad que los propios pobladores puedan considerar. Sin embargo se presentan a continuación las condiciones generales, de la participación de la población en la elección de los representantes quienes conformarán el Comité. Se realizará la convocatoria a la población. - Se elegirán 1 miembro por cada localidad involucrada quienes representarán a la localidad de que se encuentra en el área de influencia directa del proyecto, el número de representantes se determinará en base a la mayor cantidad de impactos ocasionados en las zonas donde se realizarán las actividades del proyecto. - Los miembros del Comité serán elegidos democráticamente por la población local en una Asamblea Comunal. - En la elección estarán presentes las autoridades locales (teniente alcalde, gobernador, teniente gobernador o persona que tenga cargo similar) y la población, además de entidades que estas consideren necesarias para el fin. - Solo podrán ser parte del Comité aquellos pobladores que tengan la mayoría de edad. - Los miembros del Comité lo conformarán pobladores que residan permanentemente en la localidad. CRONOGRAMA PARA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE MONITOREO Y VIGILANCIA CIUDADANA

ACTIVIDAD Convocatoria a la población para la Conformación del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana Convocatoria a autoridades Asamblea para la Elección de la Conformación del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

SEMANA 1

SEMANA 2

SEMANA 3

X X X

Este cronograma aplica para todas las localidades del Área de Influencia. - El Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana, previa coordinación, acompañarán en calidad de observadores a la empresa y a las autoridades

encargadas de la supervisión y de la fiscalización de las actividades eléctricas y de la calidad ambiental, en el proceso de seguimiento de las acciones del proyecto y de los monitoreos que realicen en cumplimiento de las normas ambientales y los compromisos del EIA

VIII.

Responsabilidad del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

El Comité, se encargarán de realizar un seguimiento de las acciones del Proyecto por tal motivo se encargará de: - Realizará la vigilancia en las diferentes etapas y actividades del Proyecto, coordinando la logística con la empresa Hydro Amazonas S.A.C. - Elaborará un documento donde se establecerá la visión, misión, objetivos y un cronograma de monitoreo y vigilancia ciudadana a ser realizado en conjunto con la Empresa. - Participará en todo proceso de negociación y acuerdos que se realicen entre la población y la Empresa. -Verificará la adecuada ejecución del Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Relaciones Comunitarias. - Fiscalizará la adecuada implementación y cumplimiento del Programa de Compensación y su realización de acuerdo al consenso establecido entre la Empresa y la población. - Elaborará un registro de las actividades monitoreadas en donde se indicará fecha, lugar, hora y responsables de la Empresa, así como el nombre y DNI de los miembros del Comité que participen de la visita y del registro. IX.

Capacitación a los miembros del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

- Se implementarán cursos de capacitación al Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana para el buen desempeño de sus funciones y/o responsabilidades en temas relacionados al rol y los objetivos del trabajo a desarrollar antes del inicio de construcción de la obra. - Al Comité se le entregará una copia en formato físico del EIA, así como también se les hará llegar una copia de todo documento en el cual la empresa titular asuma algún compromiso con alguna población. - A los miembros del comité se les brindará las herramientas necesarias que les permitan hacer un buen seguimiento y vigilancia de las actividades del proyecto y compromisos asumidos por la empresa. - Todos los miembros del Comité recibirán de manera grupal la capacitación respectiva. X.

Reglamento interno del Plan de Vigilancia Ambiental

En cumplimiento con lo indicado en el Artículo 48 de la RM 223-2010MEM/DM, la empresa titular elaborará un Reglamento Interno en coordinación con la población involucrada, a fin de que las actividades de monitoreo y vigilancia se realicen de forma organizada. Este reglamento tendrá como premisas los siguientes ítems. Sobre las obligaciones y facultades - Sólo podrán ser miembros del Comité aquellos pobladores que residan en la zona de influencia del proyecto, específicamente en la localidad de la cual han sido elegidos. - El Comité tiene la obligación de realizar el Monitoreo y Vigilancia de las actividades del proyecto. - El Comité tiene la facultad de solicitar reuniones a la empresa en caso de ser necesario. - El tiempo de pertenencia al Comité será de manera rotativa (A los 12 meses se renovarán los miembros elegidos y se procederá a una nueva elección). - Los miembros del comité deberán presentar un informe trimestral sobre el seguimiento realizado durante la ejecución de las obras. -El cumplimiento de las tareas y funciones del Comité deberá ser acorde a las labores de la empresa, sin poner en riesgo al personal, equipos o materiales de esta. Sobre las sanciones Se sancionará a aquellos miembros que no cumplan con sus tareas y funciones específicas, siendo la primera sanción una notificación verbal del incumplimiento y de ser reiterativa las sanciones (3 acumuladas como máximo) se procederá a suspender definitivamente al miembro o miembros del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana. XI. Cronograma Tendrá una duración de toda la vida útil del proyecto, iniciándose en la etapa de construcción.