9. PROTOCOLO DE PERMANENCIA DE PERSONAL DE COMPAÑIA Y CONTRATAS

PROTOCOLO DE PERMANENCIA DE PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. Y DE CONTRATAS EN UNIDADES OPERATIVAS EN PERIODO D

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PROTOCOLO DE PERMANENCIA DE PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. Y DE CONTRATAS EN UNIDADES OPERATIVAS EN PERIODO DE EMERGENCIA DECRETADO POR EL GOBIERNO DEL PERÚ POR EL COVID-19 Área: Salud Ocupacional

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1. OBJETIVO Establecer el procedimiento adecuado para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19, durante la permanencia en el centro de trabajo. 2. ALCANCE El protocolo es de cumplimiento obligatorio para todos los trabajadores de PODEROSA, contratas, proveedores y visitas, en todas las instalaciones y unidades operativas de la empresa, así como en los medios de transporte terrestres y aéreos. 3. MARCO LEGAL       

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Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su modificatoria. Decreto Supremo N° 005-2012-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus modificatorias. D.S. N° 024-2016 EM y su Modificatoria D.S N° 023-2017 EM. Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería D.S. N° 010-2020-SA. (14.03.20) Plan de Acción Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú. D.S. Nº 044-2020-PCM, (16.03.20), que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación por el COVID-19. Resolución Ministerial N° 139-2020-MINSA, que aprueba el documento Técnico: “Prevención y Atención de personas afectadas por COVID-19 en el Perú” D.S. N° 046-2020-PCM (18.03.20), Decreto Supremo que precisa el Decreto Supremo 044-2020-PCM que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID 19 D.S. N° 053-2020-PCM (30.03.20). Inmovilización Social Obligatoria. D.S. N° 046-2020-P, (18.03.20), que precisa el D.S. N° 044-2020-PCM D.S. Nº 053-2020-PCM, (30.03.20), que modifica el artículo 3 del D.S. N° 051-2020PCM. D.S N°064-2020-PCM (10.04.20) Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID 19 y dicta otras medidas. D.S. N° 046-2020-PCM, (18.03.20), que precisa el D.S. N° 044-2020-PCM, Restricciones de Transporte. que exceptúa el transporte de carga de materiales y mercancías, víveres y actividades conexas.

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D.S N°068-2020-PCM (14.04.20) Decreto Supremo modifica artículo 3 de DS 0512020-PCM y permite la movilización del personal de unidades mineras que hayan cumplido su jornada de trabajo de acuerdo a su régimen especial laboral o hayan cumplido el aislamiento social obligatorio, a fin de que retornen a su residencia o lugar de trabajo habitual. D.S. N° 075-2020-PCM (23.04.20) Prorroga el estado de emergencia hasta el 10 de mayo del 2020. Comunicado del Ministerio de Energía y Minas (17.03.20). Titulares Mineros Desmovilización y movilización de Personal. Precisiones que incluyen a minería entre las empresas que pueden trabajar, precisa las actividades mineras que se encuentran dentro de la lista de actividades autorizadas por el artículo 4 del D.S N° 044-2020.PCM, así como las reglas que deben observar los titulares mineros durante el Estado de Emergencia. Resolución Ministerial Nº 0232-2020-MTC/01.02 Lima (16.03.20). que dictan diversas disposiciones y autorizan a la Dirección General de Aeronáutica Civil para que otorgue autorizaciones que sean requeridas para viabilizar operaciones de transporte aéreo de carga, transporte aéreo especial, trabajo aéreo y otras actividades de aeronáutica civil previstas en la Ley de Aeronáutica Civil del Perú. Protocolo sanitario en el Sector Minero para enfrentar el COVID-19, SNMPE, Abril 2020. R.M. N° 111-2020-MINEM/DM Protocolo para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en el marco de traslado de personal de las Unidades mineras y Unidades de producción. R.M. N° 239-2020-MINSA Y ANEXO Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19 R.M. N° 128-2020-MINEN/DM (06.05.2020) Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en las actividades del Sub sector Minería, el Sub sector Hidrocarburos y el Sub sector Electricidad.

4. DEFINICIONES

a) Caso confirmado. Una persona con confirmación de laboratorio de infección por COVID-19, independientemente de los signos y síntomas clínicos. b) Caso descartado. Paciente que tiene un resultado negativo de laboratorio para COVID-19. c) Caso probable. Un caso sospechoso con resultado de laboratorio indeterminado para COVID-19.

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d) Caso sospechoso. Paciente que presenta síntomas y/o ha estado en contacto con casos confirmados o en lugares donde se han presentado casos confirmados. Se identifican tres tipos de caso: o Persona con infección respiratoria aguda (fiebre acompañada de algún otro signo o síntoma respiratorio, por ejemplo: tos y dificultad para respirar) y sin otra etiología (causa) que explique la presentación clínica, y un historial de viaje o haber vivido en un país con transmisión local del COVID-19 durante los 14 días previos al inicio de los síntomas. o Persona con alguna infección respiratoria aguda y que tuvo contacto con un caso confirmado o probable de infección por COVID-19, durante los 14 días previos al inicio de los síntomas. o Persona con infección respiratoria aguda grave (IRAG, fiebre superior a 37.5°C, tos, dificultad respiratoria y que requiere hospitalización), y sin otra etiología (causa) que explique completamente el cuadro clínico. e) Compañía Minera Poderosa S.A. (PODEROSA). Titular Minero con operaciones en el distrito de Pataz. f) Comorbilidad. La presencia de uno o más trastornos (o enfermedades) además de la enfermedad o trastorno primario. g) Contactos. Personas que han tenido contacto con casos sospechosos o confirmados. h) Cuarentena. Disposición del Gobierno para que la población permanezca en aislamiento social en su domicilio por un periodo determinado de tiempo. Realizando solo desplazamientos necesarios con las restricciones y medidas de seguridad decretadas por el Gobierno. i) Desmovilizar. Retorno de los trabajadores a su lugar de residencia. j) Estado de Emergencia. Decreta la restricción de los derechos fundamentales a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de tránsito en todo el país, cuyo cumplimiento será supervisado por la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. La Constitución Política, en su artículo 137, establece que este tipo de medidas se pueden adoptar "en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación" por un periodo máximo de 60 días, y en caso de prórroga se necesitará un nuevo decreto. k) Grupo vulnerable o grupo de riesgo. De acuerdo a la R.M. N°193-2020-MINSA es el grupo de personas que puede desarrollar cuadros clínicos severos y muerte:  Personal mayor a 60 años,  Personal con comorbilidades: hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, obesidad, asma, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica y enfermedad o tratamiento inmunosupresor. l) Inmovilización obligatoria. Medida establecida por el Gobierno que dispone horarios y días de inmovilización (no transitar en espacios públicos) de la población. Estas pueden ser diferentes, según las regiones.

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m) Lugar de residencia. Residencia habitual del trabajador a dónde será desmovilizado. n) Movilizar. Ingreso de los trabajadores a la Unidad Operativa desde su lugar de residencia. o) Pacientes sintomáticos. Personas que muestras uno o más síntomas que produce el COVID-19. p) Permanencia en la unidad. Días que el trabajador viene prestando servicio en la unidad minera de acuerdo a su régimen de trabajo. q) Régimen de trabajo. PODEROSA tiene un régimen de 28 días de trabajo y 14 días de descanso. r) Trabajador. Personal de PODEROSA o de contratas. s) Trabajador a desmovilizar. Trabajador con permanencia adicional a su régimen de trabajo en la unidad, y cumple requisitos de edad, comorbilidad y lugar de residencia. t) Trabajador a movilizar. Trabajador fuera de la unidad minera, apto para ingresar a la unidad, de acuerdo su régimen de trabajo. u) Visita. Persona que no trabaja en PODEROSA, pero ingresa a las instalaciones de la empresa para realizar alguna actividad. 5. LINEAMIENTOS PRELIMINARES CÓMO PREPARAR EL LUGAR DE TRABAJO ANTE EL RIESGO DE PROPAGACIÓN E IMPACTO SANITARIO DEL COVID-19 La Gerencia SIG –RS y la Gerencia de Operaciones son responsables de implementar y hacer cumplir en PODEROSA el presente protocolo de permanencia de tal manera que se asegure la prevención de exposición al riesgo del COVID-19. La Superintendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Departamento médico y la Superintendencia de Recursos Humanos son responsables por velar por el cumplimiento de las acciones definidas en este protocolo. Todos los trabajadores de Poderosa y contratas son responsables de cumplir el presente protocolo. 5.1. Elaboración del “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”, en adelante el Plan. La Superintendencia de Seguridad y Salud en coordinación con el Departamento Médico elaborará el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo” y será aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. El Plan estará disponible para las autoridades fiscalizadoras como también se realizará una difusión de conocimiento a todos los trabajadores. 5.2. Identificación del riesgo de exposición al COVID-19 “Definición operativa de Puestos de Trabajo con riesgo de exposición a COVID-19” según los niveles de riesgo definidos: Muy alto: contacto directo con casos COVID-19, trabajadores de salud que tratan con pacientes sospechosos COVID-19.

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Alto: trabajan con riesgo potencial de exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19 trabajadores de postas de salud, conductor de ambulancia, trabajadores de área COVID-19, personal de limpieza de postas de salud y áreas de aislamiento Medio: Trabajadores cuyo contacto es frecuente y/o cercano con personal que podría estar infectado, pero que no son pacientes ni hay sospecha fundada de contagio. (personal de RR.CC y Acopio, policías, personal del aeródromo Chagual, seguridad patrimonial o vigilancia, personal de limpieza de campamentos e instalaciones, personal de atención comedores Bajo o preventivo: Aquellos trabajos cuyo riesgo de exposición bajo son aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con COVID-19, ni tienen contacto cercano frecuente a menos de 2 metros de distancia con el público en general. Por ejemplo: administrativos, trabajadores de áreas operativas que no atienden personas externas o de las comunidades, personal en teletrabajo, cualquier otro de no atienda externos. Los puestos con los riesgos asociados se encuentran definidos en el Plan. 5.3. Acciones previas al traslado e ingreso a las unidades operativas Las acciones previas al traslado están contempladas en el protocolo de movilización: SIG_COV_PT_007 MOVILIZAR PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. Y DE CONTRATAS HACIA UNIDADES OPERATIVAS EN PERIODO DE EMERGENCIA DECRETADO POR EL GOBIERNO DEL PERÚ POR EL COVID-19. 5.4 Medidas preventivas al ingreso a las unidades operativas Las medidas preventivas para retomar la normalidad de las operaciones post cuarentena están descritas en el protocolo de movilización: SIG_COV_PT_007 MOVILIZAR PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. Y DE CONTRATAS HACIA UNIDADES OPERATIVAS EN PERIODO DE EMERGENCIA DECRETADO POR EL GOBIERNO DEL PERÚ POR EL COVID-19. 6. ESTADIA - LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID 6.1. Limpieza y desinfección del centro de trabajo Todos los ambientes, mobiliario, campamentos, comedores, herramientas, equipos y maquinaria, útiles de escritorio, vehículos de transporte pasarán por un proceso de limpieza y desinfección COLPA, en el contexto del COVID-19, previo al inicio de las labores diarias, de acuerdo a los protocolos y PETS siguientes:

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SIG_LIM_PE_001: PETS LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE CAMPAMENTOS Y OFICINAS SIG_COV_PR_004: MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS, LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE AMBIENTES Y EQUIPOS DE SALA DE AISLAMIENTO SIG_COV_PR_006: LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE MANUALMENTE Y CON EQUIPO ATOMIZADOR 6.2. Medidas de estadía en las unidades mineras La Unidad operativa mantiene las siguientes medidas preventivas: a. Higiene continua y medidas de convivencia. Capacitación permanente sobre higiene y medidas de convivencia. b. Comunicación permanente. Sobre la importancia de lavarse las manos de manera correcta y frecuente por 30 segundos, y sobre cubrirse la boca con el antebrazo al toser y estornudar, evitar tocarse la cara. c. Control diario de las funciones vitales. Principalmente al personal de alto y muy alto riesgo: trabajadores de salud que tratan con pacientes sospechosos COVID-19 y/o trabajan con riesgo potencial de exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19 trabajadores de postas de salud, conductor de ambulancia, trabajadores de área COVID-19, personal de limpieza de postas de salud y áreas de aislamiento d. EPP. Todo el personal está obligado a utilizar la mascarilla quirúrquica proporcionada por la empresa y debe ser desechada de manera adecuada en los contenedores de residuos peligrosos. e. Horarios escalonados para uso de áreas comunes. Desde el comedor, área de esparcimiento y otras zonas. f. Modelo de trabajo. Enfocado a dar sostenimiento adecuado al distanciamiento social. Minimizar reuniones presenciales mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC), g. Asesoramiento enfocado a brindar información y tranquilidad al trabajador. i. Asistencia psicológica para manejo de la ansiedad, según el Programa de Intervención para Reducir el Estrés y la Ansiedad a Causa del COVID-19, elaborado por el Dpto. de Psicología de MedicSalud. ii. Proveer a los trabajadores información general sobre los cuidados que se debe tomar sobre el COVID 19. iii. Continúas campañas preventivas de comunicación. 6.3. Medidas de convivencia y distanciamiento social En la Unidad Operativa, todos los trabajadores deben cumplir con las siguientes disposiciones: h. Mantenimiento de la distancia social al interior de la Unidad Minera. Se sugiere que la distancia social sea de por lo menos un metro y medio (1.5 metros); evitando el contacto estrecho y saludos con las manos u otras partes del cuerpo.

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Horarios escalonados para uso de áreas comunes como comedor o áreas de esparcimiento. El tiempo de esparcimiento debe ser limitado a no más del 25%, se prohíbe todo tipo de actividades deportivas de contacto. En caso de necesidad de mantener reuniones para toma de decisiones operativas, estas deben realizarse en lo posible de manera virtual, a efectos de evitar concentración de gente y posible diseminación de contagio. Excepcionalmente, en caso de reuniones presenciales, estas deberán guardar distanciamiento respectivo y mantener uso de mascarillas quirúrgicas o protector respiratorio. Para los dormitorios compartidos deberán guardar distanciamiento social e implementar separadores tipo biombo u otros. Limitar el transporte interno al mínimo necesario, así como reducir el personal en cabina sin comprometer aspectos de seguridad. Limitar el contacto con proveedores y visitas. Limitar al máximo el contacto con personas de la comunidad. En caso excepcional, definir funcionario específico que realizará el contacto previas medidas de desinfección, con el distanciamiento social correspondiente, y las medidas de desinfección s y después. Reducir el aforo de las instalaciones en 50%, manteniendo la ventilación natural y ventiladores cuando se cuenten con ellos. Practicar higiene respiratoria, y toser o estornudar sobre la flexura del codo o en papel desechable e inmediatamente desechar el papel en los contenedores establecidas y lavarse las manos. Evitar tocarse los ojos, nariz y boca. Debe comunicar inmediatamente para el chequeo médico. Si algún trabajador observa a otro con los síntomas descritos debe informar al supervisor inmediato. Realizar higiene de las manos con frecuencia con agua y jabon por entre 20 y 30 segundos o usando un desinfectante de alcohol entre 70 a 95% de concentración. Utilizar mascarillas comunitarias o quirúrgicas o protector respiratorio durante toda la jornada laboral. Debe cambiarlas cuando se encuentren húmedas, rotas, con sudor u otras situaciones que ameriten el cambio, en función al riesgo de la actividad que realicen. En caso de transpiración, deberá evitar tocarse la cara, primero debe retirar la mascarilla, lavarse las manos y secarse la cara con papel o lavarse la cara y volver a colocarse la mascarilla

6.4. Acciones enfocadas al sostenimiento del distanciamiento social En la unidad operativa es vital mantener el distanciamiento social para evitar lo contagios entre las personas, por lo que se establece lo siguiente: a. Minimizar el uso de reuniones presenciales, haciendo uso de las tecnologías de la información y telecomunicación – TIC. b. Implementar el trabajo remoto o teletrabajo en personal en aquellos puestos que no se hace imprescindible su asistencia y en personal vulnerable o de riesgo al COVID-19. c. No está permitido el uso de marcadores digitales o que requieran el uso de teclado, sustituyendo por lectores de tarjetas u otros medios tecnológicos.

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d. Mantener ambiente ventilados, tomando en consideración las características del ambiente, se permite uso combinado de ventiladores. e. Se establecen las mismas medidas para personal con discapacidad, f. Todo el personal es responsable de reportar oportunamente algún caso de sospecha de infecciones respiratorias agudas o síntomas que puedan percibir en el entorno laboral, para su atención oportuna. 6.5. Difusión y comunicación de las medidas preventivas Se cuenta con una Programa de Comunicación para la Seguridad que es direccionado estratégicamente por el Subcomité de comunicación, sensibilización, concientización y cambio de comportamiento; y ejecutado por el departamento de comunicaciones. El Programa de Comunicación para la Seguridad contiene tres elementos que permiten su funcionalidad, adaptabilidad y eficacia para el desarrollo de planes y campañas de comunicación y adopción de nuevos comportamientos: 1. Estrategia. Define el por qué y para qué. Qué queremos lograr o cambiar. 2. Contenidos. Define qué comunicar. Se expresa en mensajes concretos. 3. Infraestructura. Define el cómo comunicar para llegar de la manera más adecuada, eficiente y eficaz a cada uno de los trabajadores que se desea impactar con un mensaje de acuerdo a la estrategia definida. Bajo el lema: Seguridad primero, la estrategia se adecua a las necesidades de comunicación de la empresa, aprovechando la organización e infraestructura con que se cuenta. La Infraestructura de comunicación está en constante desarrollo y mejora, incluye una mezcla de medios de comunicación y diversos soportes impresos, digitales y audiovisuales que permite llegar a todos los trabajadores de la empresa y contratas de manera rápida y segmentada. Se están implementando campañas de comunicación con el objetivo de sensibilizar a los trabajadores de Poderosa y Contratas para que cuenten con información y capacitación para prevenir el contagio en el centro de trabajo a partir de adoptar comportamientos seguros y cumplir los protocolos de seguridad establecidos por la empresa. 6.5.1. Campañas de comunicación, sensibilización y cambio de conducta: A) Campañas informativas  Comunicar los números telefónicos y anexos de consulta de las postas médicas de la unidad minera con el nombre del contacto que responderá a las inquietudes de los trabajadores respecto a COVID-19. Esto mediante un comunicado formal, afiches en cada unidad, tarjetas tamaño 5x9 cm impresas y digital

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 Difusión de las medidas de bioseguridad que deben seguir durante la permanencia en la unidad minera para protegerse del contagio del COVID19. Esto mediante díptico informativo, información en intranet y Podediario.  Difusión de información de prevención y nuevas disposiciones a los trabajadores del COVID-19 con gigantografías y carteles colocados en lugares visibles para mantener informados.  Información permanente y actualizada del COVID-19 a través del Podediario, intranet, extranet, Whatsapp y medios electrónicos de información. B)    

Campañas de comunicación y difusión. Comunicación del protocolo de movilización y desmovilización de personal Comunicación del protocolo de permanencia. Comunicación del Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo Comunicación de otros protocolos que surjan en este contexto

C) Campañas educativas y de sensibilización  Capacitación y educación permanente sobre las medidas preventivas para evitar el contagio de COVID-19 dentro del centro de trabajo y retroalimentación permanente de la aplicación de dichas prácticas, tales como: Uso de mascarilla, Uso de EPP (Mascarilla, lentes, guantes y otros) para puestos críticos, lavado de manos, distanciamiento social, reporte de casos, etc.  Campaña educativa para implementar el uso obligatorio de mascarillas durante la jornada laboral de acuerdo al protocolo, especificando nivel de riesgo del puesto de trabajo y posibilidades de contactos en espacios públicos.  Reforzamiento de las Campañas educativas para el correcto procedimiento del lavado de manos iniciadas en el mes de febrero (según instructivo de la OMS y el Ministerio de Salud) que incluye: afiches, infografías, explicaciones digitales (Podediario, Extranet, Intranet), videos educativos y señalética en los puntos de lavado de manos, especialmente en comedores.  Campaña de sensibilización sobre la importancia del reporte temprano y acudir de manera inmediata al Establecimiento de salud ubicada en su unidad minera si presentara sintomatología relacionada a COVID-19. 7. MEDIDAS DE AISLAMIENTO TEMPORAL a. Zonas de aislamiento temporal, evaluación de casos sospechosos y medidas de evacuación. Espacio especial temporal (aislado) destinado a la recepción

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de personas y otro para la evaluación de casos sospechosos, protocolo para la atención y derivación de los mismos. Limpieza diaria del área, según protocolos alineados al MINSA. Una vez evaluado el paciente, en caso de mostrar los síntomas comunes del COVID 19, se considerará al personal como Sospechoso y el personal médico de PODEROSA procederá con la notificación del caso al MINSA, para la prueba confirmatoria (hisopado) y el correspondiente envío para su análisis. De acuerdo a ello, los especialistas definirán la derivación del paciente y su tratamiento correspondiente de acuerdo al protocolo del MINSA. En caso que los resultados confirmen que el paciente es portador del COVID 19, se mantendrá la reserva del caso, y el área médica evaluará su estado y preparará la derivación para la investigación epidemiológica, diagnóstico definitivo y tratamiento de acuerdo a los protocolos del MINSA en los lugares establecidos. Todo el personal que estuvo en contacto con el paciente sospechoso o caso confirmado, será evaluado y se les hará seguimiento hasta descartar el contagio. MedicSalud en coordinación con la Superintendencia de Recursos Humanos y el área de Bienestar Social, realizará el seguimiento ante el MINSA de la evolución del paciente y sus contactos. El paciente solo podrá retornar a trabajar una vez que recibe el alta médica por parte del MINSA.

Para mayor detalle consultar los protocolos: SIG_COV_PR_001 : ATENCIÓN DE PACIENTES CON SOSPECHA DE INFECCIÓN POR CORONAVIRUS (COVID-19) EN COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. SIG_COV_PR_002: MANEJO DE PACIENTE EN SALA DE AISLAMIENTO 8. MEDIDAS PARA EL PERSONAL DEL GRUPO VULNERABLE O DE RIESGO AL COVID-19 Se cuenta con el registro de personal de PODEROSA y Contratistas con factores de riesgo para el COVID-19, personas mayores a 60 años y ha identificado a través de los exámenes médicos ocupacionales anuales y de lo informado por cada trabajador, al personal con diabetes, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, obesidad, cáncer, insuficiencia renal crónica y otras enfermedades que comprometan el estado inmunológico y personas embarazadas. Dicho personal no permanecerá en la unidad, hasta la reincorporación al trabajo que determine el MINSA, en este sentido el personal en riesgo mantendrá aislamiento domiciliario y cuando corresponda el trabajo remoto o teletrabajo será coordinado con el supervisor o jefe inmediato e informado a la Superintendencia de Recursos Humanos.

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Nota Importante: Es responsabilidad del trabajador informar al Departamento Médico – MedicSalud, Dr. Mickel Minchola o Dr. Fernando Olivera, si tiene alguna de las enfermedades descritas del grupo vulnerable o de riesgo. 9. MEDIOS Y CONDICIONES PARA EL TRANSPORTE INTERNO EN LA UNIDAD OPERATIVA Los viajes y desplazamientos en la unidad operativa se reducen al mínimo necesario, priorizándose el uso de tecnología para las reuniones. Asimismo, se tendrá especial cuidado en la movilización y desmovilización de personal de acuerdo a los protocolos específicos. SIG_COV_PT_007: MOVILIZAR PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. Y DE CONTRATAS HACIA UNIDADES OPERATIVAS EN PERIODO DE EMERGENCIADECRETADO POR EL GOBIERNO DEL PERÚ POR EL COVID-19. SIG_COV_PT_009: DESMOVILILIZAR PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A. Y DE CONTRATAS HACIA ZONAS DE RESIDENCIA. Los vehículos de transporte interno en PODEROSA deben cumplir con los protocolos de limpieza establecidos por el MINSA, los cuales consideran:    

Limpieza y desinfección de los buses antes y después de cada servicio. Alcohol en gel con dispensador para uso frecuente para las personas. Paño absorbente descartable para limpieza de la cabina. Líquido para la desinfección interior de la cabina (timón, tablero, asientos, útiles que lleva a la mano, etc.)

Los conductores deberán contar durante todo el tiempo de traslado, aislamiento y todo el trayecto con sus EPP de bioseguridad: mascarilla N95, lentes y guantes de látex (contar con repuestos). Adicionalmente el vehículo debe estar provisto de los materiales de limpieza: jabón líquido, agua para lavarse, alcohol gel, papel toalla, etc. Los vehículos trasladarán personal al 50% de su capacidad y los trabajadores deben viajar con un tapabocas y guantes quirúrgicos. Preparado por:

Revisado por:

Revisado por:

Aprobado por:

Médico especialista

Jefe de Salud Ocupacional

Agustin Mauricio M.

Walter Diaz M.

Medic Salud

Medic Salud

Superintendente de SST.

Gerente del SIG y RS

Fecha de Elaboración: 07-05-2020

Fecha de Aprobación: 08-05-2020