AEA 95702 EDICION 2012 20121015 (Octubre _2012)

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ASOCIACIÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA DESDE 1913

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REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS CON TENSIÓN EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS CON TENSIONES MAYORES A UN KILOVOLT (1KV)

AEA 95702  Edición 2012 Página III

COMISIÓN DIRECTIVA Integrantes Presidente:

VIGNAROLI, Ernesto

Vicepresidente 1º:

GIACHETTI, Alberto

Vicepresidente 2º:

ROSENFELD, Pedro

Secretario:

CRESTA, Abel Jorge

Prosecretario:

NITARDI, Eduardo L.

Tesorero:

GRINNER, Luis

Protesorero:

MAZZA, Juan Pablo

Vocales:

BROVEGLIO, Norberto BRUGNONI, Mario CORREA, Miguel. di SALVO, Julio H. MAGRI, Jorge. MANSILLA, Carlos SALVATIERRA, Alejandro I. TOTO, Miguel VERONESE, Enrique VINSON, Edgardo

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COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Integrantes Presidente:

Ing. BROVEGLIO, Norberto O.

Miembros Permanentes:

Ing. MAGRI, Jorge Ing. OSETE, Víctor

COMITÉ DE ESTUDIOS CE 21 TRABAJOS CON TENSION EN INSTALACIONES ELECTRICAS Integrantes Presidente:

Ing. BERTOT, Julio (CONS. INDEPENDIENTE)

Secretario:

Ing. CASAS, Ricardo (CONS. INDEPENDIENTE)

Miembros Permanentes:

Tco. AMADO, Sergio (COOP. SERV. ESPECIALES) Ing. HARNAT, Walter ( EDEA) Dr. ARATA, Carlos (ELESA) Tco. BERASATEGUI, E. Javier (ENERSA) Ing. BERNARDO HORACIO (EDEN) Ing. CAIROL, Daniel (EPE STA FE) Ing. CALLEJO, Julio (CONS. INDEPENDIENTE) Tco. CASTRO, Jorge (EDENOR)

Miembros Permanentes (Continuación):

Ing. CLAPES, Jorge (FASTEN) Ing. COLUCCIO, Francisco (INCRO)

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Ing. CURBELO, Carlos (UTE URUGUAY)

Miembros Permanentes (Continuación):

Tco. DELGADO, José (EDET) Tco. GARCIA, Daniel (TRANSENER) Ing. GOLA, Esteban (EDENOR) Ing. INSOGNA, Jose (TRANSBA) Tco. ALASINO, Hugo (ENERSA) Ing. LOPEZ FERRE, Jorge (P.A. ENERGYS) Ing. NEIRA, Luis (CTMSG) Ing. NIEVA, Ariel (EDESA) Ing. PARISI, Horacio (TRANSBA) Tco.PERALTA Rolando (RAP SAFETY PRODUCTS) Ing. PUPPO Esteban (LITSA) Ing. RAMOS, Mario (EDENOR) Ing. SAAVEDRA, Pablo (EDESUR) Ing. STEMPELS, Dardo (EDEA)

Miembros Permanentes (Continuación):

Ing. TERZI, Mariano (CONS. INDEPENDIENTE) Ing. TROCHE, Rafael (UTE URUGUAY) Ing. ZAPATA DIAZ, Enrique (EDET) Tco. URRUTIA, Arcadio (ENERSA)

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Las observaciones que sobre este documento considere realizar, se deben realizar a través de la página Web de la AEA: www.aea.org.ar

El presente documento fue aprobado por la Comisión Directiva en su Acta Nº xxxx del xx de xx de 20xx, entrando en vigencia a partir del xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.

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ÍNDICE GENERAL 1 OBJETO, ALCANCE Y APLICACIÓN................................................................................................ 7 1.1 Objeto 7 1.2 Campo de Aplicación.................................................................................................................... 7 1.3 Alcance 7 2 REFERENCIAS REGLAMENTARIAS Y NORMATIVAS....................................................................7 3 DEFINICIONES.................................................................................................................................... 8 3.1 Riesgo Eléctrico............................................................................................................................ 8 3.2 Lugar de trabajo............................................................................................................................ 8 3.3 Instalación eléctrica...................................................................................................................... 8 3.4 Procedimiento operativo.............................................................................................................. 9 3.5 Trabajos con tensión (TcT).......................................................................................................... 9 3.6 Empresa 9 3.7 Jefe De Servicio............................................................................................................................. 9 3.8 Responsable O Jefe De Trabajo................................................................................................... 9 3.9 Condiciones Atmosféricas Desfavorables..................................................................................9 3.10 Precipitaciones Atmosféricas.................................................................................................... 9 3.10.1 Niebla Espesa.............................................................................................................................................. 9 3.10.2 Tormenta.................................................................................................................................................... 10 3.10.3 Viento Violento.......................................................................................................................................... 10

4 TERMINOLOGÍA............................................................................................................................... 10 4.1 Organismo que coordina la operación de la red (O.C.O.R.)....................................................10 4.2 Autorización para trabajar con tensión (licencia)....................................................................10 4.3 Instrucción de servicio para trabajar con tensión....................................................................10 5 CLASIFICACION DE LAS INSTALACIONES EN FUNCION DE LAS TENSIONES........................10 5.1 Tensión nominal del sistema..................................................................................................... 10 5.2 Tensión máxima del sistema...................................................................................................... 10 6 CATEGORIA DE LAS INSTALACIONES.........................................................................................11 6.1 Niveles de tensión....................................................................................................................... 11 7 DISTANCIA DE SEGURIDAD........................................................................................................... 11 7.1 Para Trabajos A Contacto.......................................................................................................... 11 7.2 Para Trabajos A Distancia.......................................................................................................... 11 7.3 Para Trabajos A Potencial ......................................................................................................... 11 7.4 Tablas De Distancias De Seguridad..........................................................................................11 7.4.1 Distancia De Seguridad Para Trabajos En Proximidades De Equipos O Instalaciones Energizadas.11 7.4.2 Tabla de Distancias de Seguridad para Tensiones Fase – Tierra durante la aplicación de TcT:........12 7.4.3 Tabla De Distancias De Seguridad Para Tensiones Fase – Fase durante la Aplicación de TcT.........12

7.5 Corrección Por Altura................................................................................................................. 13 7.6 Distancias De Aproximación Menores (Para Tensiones Mayores A 72,5 Kv.).......................13 8 CAPACITACIÓN Y HABILITACIÓN DEL PERSONAL.....................................................................14 8.1.1 Objetivo 14 8.1.2 Reglas Generales........................................................................................................................................ 14

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8.1.3 8.1.4 8.1.5 8.1.6

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Selección del personal................................................................................................................................ 14 Examen de aptitud Psicofísica: .................................................................................................................14 Procedimientos Operativos (P.O)..............................................................................................................15 Formación ................................................................................................................................................... 15

8.2 Habilitación.................................................................................................................................. 15 8.2.1 Concepto De Habilitación........................................................................................................................... 15 8.2.2 Otorgamiento de Habilitaciones................................................................................................................ 15 8.2.3 Clase de Habilitación.................................................................................................................................. 16 8.2.4 Nivel de Habilitación................................................................................................................................... 16 8.2.5 Tipo de Habilitación.................................................................................................................................... 16 8.2.6 Reciclado 17 8.2.7 Vigencia de la Habilitación......................................................................................................................... 17 8.2.8 Suspensiones.............................................................................................................................................. 17 8.2.9 Procedimiento de Suspensión................................................................................................................... 17 8.2.10 Revocación de la Suspensión.................................................................................................................. 18 8.2.11 Cancelación de la Habilitación.................................................................................................................18

9 MÉTODOS DE TRABAJO................................................................................................................. 18 9.1 Trabajo a contacto...................................................................................................................... 18 9.2 Trabajo a distancia...................................................................................................................... 18 9.3 Trabajo a potencial...................................................................................................................... 18 10 CONDICIÓN DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (C.E.T.) Y PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS (P.O.).................................................................................................. 19 11 PREPARACION DE LOS TRABAJOS Y RESPONSABILIDADES................................................19 11.1 Solicitud de TCT. - Elección de los P.O...................................................................................19 11.2 Medidas Previas........................................................................................................................ 19 11.3 Dirección y Supervisión de los Trabajos................................................................................20 11.4 Suspensión de los trabajos...................................................................................................... 20 11.5 Finalización de los trabajos...................................................................................................... 20 12 CONDICIONES DE INTERVENCIÓN.............................................................................................. 20 12.1 Instalaciones aéreas de M.T., A.T. y E.A.T..............................................................................20 12.1.1 Trabajo a contacto..................................................................................................................................... 20 12.1.2 Trabajo a distancia.................................................................................................................................... 21 12.1.3 Trabajo a potencial.................................................................................................................................... 21

12.2 Instalaciones aéreas de M.T con conductores aislados o protegidos, situados a la intemperie.................................................................................................................. 21 12.3 Instalaciones de M.T o A.T Situadas en el interior de edificios...........................................21 12.4 Lavado de aisladores en instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T................................................21 12.5 Trabajo de limpieza de instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T...................................................21 13 MATERIALES Y HERRAMIENTAS PARA TCT..............................................................................22 13.1 Aprobación: .............................................................................................................................. 22 13.2 Fichas Técnicas (F.T.)............................................................................................................... 22 13.3 Registros de Ensayos – Trazabilidad......................................................................................22 13.4 Verificación en el lugar de trabajo........................................................................................... 23 13.5 Vehículos con brazo aislado ................................................................................................... 23 13.6 Hidroelevadores aislados de uso en TcT................................................................................23 14 ACONDICIONAMIENTO Y EMPLEO.............................................................................................. 23 El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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14.1 Elementos de Protección Personal......................................................................................... 23 14.2 Periodicidad de Controles y Ensayos.....................................................................................24 15 CONDICIONES ATMOSFÉRICAS DESFAVORABLES ................................................................24 15.1 Instalaciones aéreas de M.T., A.T. y E.A.T..............................................................................24 15.2 Instalaciones de MT o AT situadas en el interior de edificios..............................................24 15.3 Lavado de aisladores en instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T................................................24 15.4 Trabajo de limpieza de instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T...................................................25

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1 OBJETO, ALCANCE Y APLICACIÓN

1.1 Objeto Fijar el conjunto de condiciones de seguridad a observar para los trabajos que se ejecuten sobre partes energizadas de instalaciones eléctricas o sobre partes no energizadas que, debido a su proximidad con las anteriores involucren adoptar procedimientos de Trabajos con Tensión (TcT), respetando sus condiciones de ejecución.

1.2 Campo de Aplicación Las operaciones realizadas sobre circuitos o aparatos con tensiones superiores a 1 kV que se detallan a continuación, no se deberán considerar dentro del presente reglamento como que fueran “TRABAJOS con TENSION”: a) La maniobra de un aparato de seccionamiento, de conmutación o de regulación en las condiciones normales de uso previstas en su fabricación. b) La conexión de circuitos, aparatos, piezas u órganos móviles, realizada por medio de dispositivos adecuados especialmente previstos a tal efecto por el fabricante en forma tal que permitan la operación sin riesgo de contactos intempestivos del operador con partes bajo tensión (por ejemplo, ciertos tipos de fusibles entran en las condiciones anteriores). c) El uso en condiciones reglamentarias de pértigas de maniobra, dispositivos de verificación de ausencia de tensión o para controlar bajo tensión.

1.3 Alcance Los requerimientos establecidos son considerados como postulados mínimos, debiendo considerarse, cuando corresponda, los establecidos por los organismos competentes conforme al área en que se desarrollen las instalaciones (autoridades municipales, provinciales, Entes Reguladores, etc.). Comprende todos los TcT ejecutados en instalaciones eléctricas de más de 1 kV. Los TcT efectuados en el ámbito del presente reglamento, sólo podrán confiarse a personal que cumpla con lo especificado en la cláusula 8 “Capacitación y Habilitación del Personal” Toda persona involucrada en la realización de TcT debe cumplir con este Reglamento en forma integral.

2 REFERENCIAS REGLAMENTARIAS Y NORMATIVAS Los siguientes documentos de referencia son indispensables para la aplicación de este documento. Para referencias fechadas, sólo se aplica la edición citada. Para referencias sin fechas, se aplica la última edición del documento referido (incluyendo cualquier enmienda): a) Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19.587 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79. b) Ley Nacional de Contrato de Trabajo 20.744 y su Decreto Reglamentario 390/76. Modificaciones de las Leyes 21.297 y 24.465. c) Ley Nacional Sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557, el Decreto Nº 911 y las Resoluciones de la S. R. T. correspondientes.. d) IEC 60743 (2001-11) Ed. 2.0 Spanish. Versión Oficial en Español - Trabajos en tensión. Terminología para las herramientas, equipos y dispositivos. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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e) IEC 60743 (2008-06) Ed. 2.1 Bilingual; English and French; Live working - Terminology for tools, equipment and devices. f)

IEC 60832-1 (2010-02) Ed. 1.0 Bilingual; English and French; Live working Insulating sticks and attachable devices - Part 1: Insulating sticks.

g) IEC 60832-2 (2010-02) Ed. 1.0 Bilingual; English and French; Live working - Insulating sticks and attachable devices - Part 2: Part 2: Attachables devices. h) IEC 60855-1 (2009-10) Ed. 1.0 Bilingual; English and French, Live working - Insulating foam-filled tubes and solid rods - Part 1: Tubes and rods of a circular cross-section. i)

IEC 60895 (2002-08) Ed. 2.0 Spanish; Versión Oficial En español (Incluye el Corrigendum1 de febrero de 2003 - Trabajos en tensión. Ropa conductora para trabajos en tensión hasta 800 kV de tensión nominal en corriente alterna y ± 600 kV en corriente continua.

j)

IEC 60900 (2004-01) Ed. 2.0 Spanish; Versión Oficial En español - Trabajos en tensión. Herramientas manuales para trabajos en tensión hasta 1 000 V en corriente alterna y 1 500 V en corriente continua.

k) IEC 60903 (2002-08) Ed. 2.0 Spanish; Spanish; Versión Oficial En español - Incluye CORR.1 de febrero de 2003 y CORR.2 de enero de 2005. Trabajos en tensión. Guantes de material aislante. l)

IEC 60984 (2002-06) Ed. 1.1 Bilingual; English and French; Sleeves of insulating material for live working.

m) IEC 61057 (1991-06) Ed. 1.0 Bilingual; English and French. Aerial devices with insulating boom used for live working. n) IEC 61111 (2009-04) Ed. 2.0 Bilingual; English and French. Live working - Electrical insulating matting. o) IEC 61112 (2009-04) Ed. 2.0 Bilingual; English and French. Live working - Electrical insulating blankets

3 DEFINICIONES 3.1 Riesgo Eléctrico Riesgo originado por la presencia de energía eléctrica. Quedan específicamente incluidos los riesgos de: a) Choque eléctrico por contacto con elementos bajo tensión (contacto eléctrico directo), o por contacto con masas puestas accidentalmente bajo tensión (contacto eléctrico indirecto). b) Quemaduras por choque eléctrico, o por un arco voltaico. c) Incendios o explosiones originados por la electricidad. d) Caída o golpe originado por un choque o arco eléctrico e) Efectos de gases producidos por un choque o arco eléctrico

3.2 Lugar de trabajo Cualquier lugar al que el trabajador pueda acceder, en razón del trabajo que le haya sido asignado.

3.3 Instalación eléctrica El conjunto de los materiales y equipos en un lugar de trabajo mediante los que se genera, convierte, transforma, transporta, distribuye o utiliza la energía eléctrica; se incluyen en esta definición las baterías, los capacitores y cualquier otro equipo que almacene energía eléctrica.

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3.4 Procedimiento operativo Secuencia de las operaciones a desarrollar para realizar un determinado trabajo, con inclusión de los medios materiales (de trabajo o de protección) y humanos (cualificación o formación del personal debidamente acreditada) necesarios para llevarla a cabo.

3.5 Trabajos con tensión (TcT) Comprende los trabajos definidos por 1” Objeto, alcance y campo de aplicación”

3.6 Empresa Cuando en el texto se mencione a “La Empresa” se referirá a cualquiera de estas dos posibilidades: a) La Empresa propietaria o la Empresa concesionaria de la red. b) Una Empresa u organismo de construcción o de mantenimiento eléctrico. En caso contrario, se identificará expresamente a que tipo de Empresa se refiere.

3.7 Jefe De Servicio Es la persona designada por la Empresa propietaria o concesionaria de la red como responsable de una instalación o de un conjunto de instalaciones cuyos límites están perfectamente definidos. Puede delegar todas o parte de las funciones asignadas y referidas a TcT a otra persona u otras personas o Área de la Empresa.

3.8 Responsable O Jefe De Trabajo Es aquella persona que cumple la función de velar por la seguridad del personal, la integridad de los bienes y materiales que serán utilizados durante el desarrollo de un tct. Esta persona deberá tener una habilitación adecuada para TcT y será designado por su Empresa, en función de los trabajos que deba realizar.

3.9 Condiciones Atmosféricas Desfavorables Son las que se indican a continuación:

3.10

Precipitaciones Atmosféricas

Se considera que hay precipitaciones atmosféricas cuando se observa caída de agua, nieve o granizo. Consideraciones: Las precipitaciones atmosféricas se considerarán “poco importantes” cuando no dificulten en absoluto la visibilidad de los operarios provistos de todo su equipo de trabajo. Se considerarán precipitaciones atmosféricas “importantes” en caso contrario.

3.10.1

Niebla Espesa

Se considera que hay niebla espesa cuando la visibilidad se reduce en forma notable haciendo peligrar la seguridad, especialmente si el RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO no puede distinguir nítidamente las operaciones que realizan los operarios que están en la parte superior de la instalación, los conductores sobre los cuales se está trabajando o los soportes anterior y posterior al intervenido. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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3.10.2

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Tormenta

Se considera que hay tormenta cuando pueden observarse relámpagos o se perciben claramente los truenos.

3.10.3

Viento Violento

Se considera que hay viento violento si la intensidad del mismo en la zona de trabajo, impide utilizar las herramientas con precisión suficiente.

4

TERMINOLOGÍA

4.1 Organismo que coordina la operación de la red (O.C.O.R.) Organismo que tiene a su cargo el control operativo de la red de la Empresa propietaria o de la Empresa concesionaria. Este Organismo debe poseer en forma fehaciente el listado de los Responsables o Jefes de Trabajo que están autorizados y habilitados para ejecutar TcT.

4.2 Autorización para trabajar con tensión (licencia) Documento o Registro, por el cual el O.C.O.R, autoriza, por estar dadas las condiciones desde el punto de vista del Régimen de Explotación (Condiciones estrictamente Operativas de la Red), para que un JEFE o RESPONSABLE DE TRABAJO especialmente designado, pueda abordar una instalación determinada para ejecutar un TcT. La validez de una autorización de intervención con tensión debe estar limitada en el tiempo.

4.3 Instrucción de servicio para trabajar con tensión Documento escrito, de carácter permanente, aprobado por la Empresa, donde se establecerán los Procedimientos Operativos (PO) o las condiciones de ejecución de los trabajos (CET) a utilizar de acuerdo con el tipo de instalaciones a mantener y las restricciones y prohibiciones propias de la Empresa. Estas instrucciones deberán estar de acuerdo con lo establecido en la Ley sobre Riesgos de Trabajo N° 24.557.

5

CLASIFICACION DE LAS INSTALACIONES EN FUNCION DE LAS TENSIONES

Las instalaciones eléctricas se clasificarán según el valor de su tensión nominal.

5.1 Tensión nominal del sistema Es el valor eficaz de la tensión entre fases con la que se designa la instalación.

5.2 Tensión máxima del sistema Es el valor eficaz de la máxima tensión entre fases que puede aparecer en cualquier parte de la red y en cualquier instante, bajo condiciones normales de servicio.

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CATEGORIA DE LAS INSTALACIONES

6.1 Niveles de tensión Los niveles de tensión son los fijados en la Reglamentación de Líneas Aéreas Exteriores de Media y Alta Tensión de la Asociación Electrotécnica Argentina. No obstante ello y a los fines de este Reglamento y la aplicación de Técnicas de Trabajos con Tensión se considerarán los siguientes Niveles de Tensión entre fases: a) Instalaciones de Baja Tensión (BT): tensiones iguales o menores a 1 kV. b) Instalaciones de Media Tensión (MT): tensiones mayores a 1 kV. y hasta 50 kV. c) Instalaciones de Alta Tensión (AT): tensiones mayores a 50 kV. y hasta 220 kV. b) Instalaciones de Extra Alta Tensión (EAT): tensiones mayores a 220 kV. y hasta 800 kV. Todos estos valores corresponden a Tensiones Alternas (valor eficaz). Esta Reglamentación no contempla TcT sobre instalaciones de corriente continua.

7

DISTANCIA DE SEGURIDAD

Estas distancias, se tendrán en cuenta a los efectos de prevenir riesgos de electrocución en trabajos realizados en la proximidad de partes no aisladas de instalaciones eléctricas en servicio. Cada Empresa fijará en sus PO o Normas de procedimiento las distancias de seguridad según sea el método de trabajo (a distancia o a potencial), según las siguientes tablas, y/o de acuerdo a los métodos de cálculo recomendados por la IEC.

7.1 Para Trabajos A Contacto No se tienen en cuenta estas distancias sino el mantenimiento del doble nivel de aislación con respecto a distintos potenciales.

7.2 Para Trabajos A Distancia Se define como distancia de seguridad a la separación mínima medida entre cualquier punto a tensión plena y la parte más próxima del cuerpo del operario o de las herramientas no aisladas por él utilizadas, en la situación más desfavorable que pudiera producirse.

7.3 Para Trabajos A Potencial Se define como distancia de seguridad a la separación mínima medida entre cualquier punto del cuerpo del operario o las herramientas no aisladas por él utilizadas, en la situación más desfavorable que pudiera producirse y los conductores ó estructuras conductoras de cualquiera de los potenciales distintos del que se encuentra el operario.

7.4 Tablas De Distancias De Seguridad 7.4.1

Distancia De Seguridad Para Trabajos En Proximidades De Equipos O Instalaciones Energizadas

Para prevenir descargas disruptivas en trabajos efectuados en la proximidad de partes no aisladas de instalaciones eléctricas en servicio, las separaciones mínimas, medidas entre cualquier punto con tensión y la parte más próxima del cuerpo del operario o de las herramientas no aisladas por él utilizadas en la situación más desfavorable que pudiera producirse, serán las siguientes: El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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Tabla 7.4 - A Nivel de Tensión

Distancia Mínima

Más de 1 kV hasta 33 (36) kV.

0,80 m (a)

Más de 33 (36) kV hasta 66 (72,5) kV.

0,90 m

Más de 66 (72,5) kV hasta 132 (145) kV.

1,50 m

Más de 132 ( 145) kV hasta 150 (165) kV.

1,65 m

Más de 150 (165) kV hasta 220 (245) kV.

2,10 m

Más de 220 (245) kV hasta 330 (362) kV.

2,9 0 m

Más de 330 (362) kV hasta 500 (550) kV.

3,6 0 m

(Decreto 351/79 – Anexo VI, Capítulo XIV, punto 1.1.5)

7.4.2

Tabla de Distancias de Seguridad para Tensiones Fase – Tierra durante la aplicación de TcT: Tabla 7.4 – B Nivel de Tensión

Distancia Mínima

Más de 1 kV hasta 33 (36) kV.

0,80 m (a)

Más de 33 (36) kV hasta 66 (72,5) kV.

0,90 m

Más de 66 (72,5) kV hasta 132 (145) kV.

1,30 m

Más de 132 ( 145) kV hasta 150 (165) kV.

1,35 m

Más de 150 (165) kV hasta 220 (245) kV.

2,00 m

Más de 220 (245) kV hasta 330 (362) kV.

2,50 m

Más de 330 (362) kV hasta 500 (550) kV.

3,40 m

(a) Estas distancias pueden reducirse a 0,60 m por colocación sobre los objetos con tensión de pantallas aislantes de adecuado nivel de aislación y cuando no existan rejas metálicas conectadas a tierra que se interpongan entre el elemento con tensión y los Operarios.

7.4.3

Tabla De Distancias De Seguridad Para Tensiones Fase – Fase durante la Aplicación de TcT

Valores de tensión entre paréntesis (Tabla 9.4 y Tabla 9.5): valor máximo de tensión esperado en el sistema bajo condiciones normales de servicio Tabla 7.4 – C Nivel de Tensión

Distancia Mínima

Más de 1 kV hasta 33 (36) kV.

0,80 m

Más de 33 (36) kV hasta 66 (72,5) kV.

1,18 m

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Más de 66 (72,5) kV hasta 132 (145) kV.

1,70 m

Más de 132 ( 145) kV hasta 150 (165) kV.

1,90 m

Más de 150 (165) kV hasta 220 (245) kV.

2,90 m

Más de 220 (245) kV hasta 330 (362) kV.

3,60 m

Más de 330 (362) kV hasta 500 (550) kV.

6,20 m

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7.5 Corrección Por Altura Las tablas anteriores serán válidas para alturas de hasta 999 m, luego serán afectadas por el coeficiente de corrección, para lo cual, se multiplicarán los valores indicados como Distancia Mínima por el coeficiente correspondiente a la altura donde se desarrollaran los trabajos: Tabla 7.5 - A Altura (en m)

Coeficiente de corrección

0 a 999

1,00

1000 a 1999

1,10

2000 a 2999

1,24

Para todas las distancias correspondientes a alturas iguales o mayores a 3.000 metros, se admite el uso de la fórmula especificada en la Norma IEC 61472 con las limitaciones dadas en 9.7

7.6 Distancias De Aproximación Menores (Para Tensiones Mayores A 72,5 Kv.) Se admite el uso de la fórmula establecida en IEC 61.472 a los efectos de establecer distancias menores de aproximación, con las siguientes limitaciones: a) Las distancias ergonómicas a considerar en todos los casos serán mayores a: 0,50 m b) Los valores de sobretensiones por unidad a considerar serán como mínimo de: -

Hasta 220 kV inclusive: 2,3 pU

-

Mayores a 220 kV: 1,8 pU

En todos los casos los cálculos de las Distancias de Aproximación serán realizados y firmados por un Ingeniero Electricista o Electromecánico u otro profesional con título habilitante con incumbencias específicas. Estos cálculos estarán refrendados por el Jefe de Servicio quien será responsable de los mismos y de cualquier consecuencia que pueda surgir por aplicación de estos. Siempre, para trabajos en Estaciones Transformadoras, antes de la aplicación de las tablas anteriores, se verificarán los niveles de sobretensión de maniobra esperados, los cuales, no serán superiores a los establecidos para Líneas de igual tensión.

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8 CAPACITACIÓN Y HABILITACIÓN DEL PERSONAL 8.1.1

Objetivo

Capacitar y entrenar a los operarios de TcT en la aplicación de: Técnicas operativas, métodos, normas, procedimientos y análisis de los problemas que se presentan en el desarrollo de estos trabajos.

8.1.2

Reglas Generales

El personal aspirante a ejecutar TcT deberá ser capacitado especialmente para este fin. Todo empleador deberá mantener actualizado un registro escrito de las acciones de capacitación que fueron realizadas: •

Con contenido desagregado por temas,



Con las actividades desarrolladas,



Con la duración de las mismas,



Con las acciones de seguimiento previstas



Con fecha, firma y aclaración de la persona que haya realizado la Capacitación.

Los programas de capacitación llevarán aprobación por las áreas específicas de cada Empresa. Para cumplimentar estos aspectos las Empresas podrán contar con centros de capacitación propios o recurrir a especialistas pertenecientes o no a la Empresa, que demuestren por sus antecedente, reconocida experiencia en el tema. Una vez realizado el curso, quien dicte el mismo deberá emitir un informe calificando individualmente al personal que hubiera sido capacitado y aprobado el respectivo curso , mediante un examen de competencia..

8.1.3

Selección del personal

Los postulantes para realizar TcT serán informados sobre las tareas que realizarán y deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Realizar y aprobar el examen psicofísico indicado en 8.1.4 b) Aprobar la evaluación técnica (Electricidad Básica, Física básica, Seguridad). c) Antecedentes de bajo grado de accidentalidad en el trabajo. d) El comportamiento general e) El conocimiento de los riesgos a que estará expuesto f)

El conocimiento de las disposiciones de Seguridad

g) Expresar por escrito y firmado su conformidad para realizar TcT.

8.1.4

Examen de aptitud Psicofísica:

Este examen tiene una validez máxima de dos (2) años para todo el personal habilitado para TcT. 1) Examen clínico completo: Declaración Jurada con antecedentes familiares, personales, hábitos (fumador, actividad física, alimentación, etc.) y Examen físico. 2) Examen de laboratorio: Hemograma, Eritrosedimentación, Glucemia., Uremia, Uricemia, Colesterol total, Colesterol HDL, Colesterol LDL, Triglicéridos, Orina completa. 3) Electrocardiograma El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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4) Electroencefalograma 5) Audiometría bilateral 6) Visión de fondo 7) Rx de tórax (frente) 8) Rx Columna Cervical y Columna Lumbosacra (frente y perfil). 9) Altitud: Para los casos que corresponda, se debe evaluar la aptitud de cada operario para trabajo en alturas superiores a los 2.000 m.s.n.m... Para este personal, se estudia la función respiratoria y cardiaca, sumándolo a todo lo anterior: 10) Espirometría (suficiencia respiratoria) 11) Ergometría (suficiencia cardiaca) 12) Psicológico: Se deberá evaluar la capacidad de trabajo en equipo y actitud personal frente al apego de las Normas, capacidad de concentración y orientación temporoespacial. Psicotécnico para altura y TcT.

8.1.5

Procedimientos Operativos (P.O)

Previo a iniciarse cualquier etapa del entrenamiento, se debe contar con el correspondiente Procedimiento Operativo o Instrucción de Trabajo de cada tarea que se haya previsto desarrollar.

8.1.6

Formación

Todos los postulantes que hayan cumplido con los requisitos indicados en 8.1.3 y 8.1.4 estarán en condiciones de realizar el curso de TcT., que deberán aprobar.

8.2 Habilitación 8.2.1

Concepto De Habilitación

Una habilitación autoriza a su titular a realizar las tareas descriptas en los P.O. y/o Instrucciones de Trabajo vigentes, para las cuales ha sido adecuadamente capacitado en los correspondientes cursos, reciclados, o prácticas, debiendo cumplir los Procedimientos, Reglamentos, Instrucciones y Leyes y/o Decretos y/o Resoluciones que se refieran a la aplicación de la técnica de TcT, como así también los Procedimientos y Normas de Seguridad y Salud Ocupacional y de Medio Ambiente. Todo personal seleccionado para realizar TcT deberá estar específicamente habilitado por la empresa ejecutante del mismo. Para dicho fin las empresas propietarias o concesionarias que decidan efectuar TcT mediante terceros, deberán previamente verificar que las habilitaciones de su personal se ajusten a las condiciones del presente reglamento.

8.2.2

Otorgamiento de Habilitaciones

El otorgamiento de una habilitación implicará como mínimo el siguiente procedimiento: Finalizado el período de capacitación y entrenamiento y aprobadas las evaluaciones por el personal cursante, el área responsable de TCT gestionará la habilitación acorde al nivel de tensión y método de trabajo, siendo la misma otorgada por el Jefe de Servicio y visadas por el Responsable de Seguridad, de Capacitación y de Medicina Laboral de la Empresa “La empresa cumplimentados los puntos 8.1.2; 8.1.3, 8.1.4 y 8.1.6 , procederá a habilitar el personal propuesto. Como constancia de esta habilitación la empresa emitirá un documento escrito donde constará: El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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El tipo de habilitación



La tensión de las instalaciones sobre las que está habilitado y podrá trabajar.



La fecha de emisión y la fecha de vencimiento de la habilitación extendida



La firma del trabajador tomando conocimiento de la misma.

Página 16

Este documento, denominado Ficha de Habilitación, se actualizará con las modificaciones que correspondan y se incorporará al legajo del operario.

8.2.3

Clase de Habilitación

Según el Nivel de Tensión las habilitaciones se subdividen en:

8.2.4

1)

MT: Permite a su titular realizar tareas en instalaciones de Media Tensión, entre tensiones mayores a 1 kV y hasta 50 kV inclusive

2)

AT: Permite a su titular realizar tareas en instalaciones de Alta Tensión, entre tensiones mayores a 50 kV y hasta 220 kV inclusive.

3)

EAT: Permite a su titular realizar tareas en instalaciones de Extra Alta Tensión, entre tensiones mayores a 220 kV y hasta 800 kV inclusive

Nivel de Habilitación

Según la capacitación y entrenamiento recibido y la función que cumpla cada operario, las habilitaciones se clasifican en: •

Nivel A:

• Permite a su titular realizar exclusivamente tareas auxiliares bajo la autoridad y supervisión de un Jefe o Responsable de Trabajo. •

Nivel O:

• Confiere a su titular todas las atribuciones que tiene la habilitación nivel A y además le permite a su titular ejecutar trabajos con tensión bajo la autoridad y supervisión de un Jefe o Responsable de Trabajo. •

Nivel J:

• Confiere a su titular todas las atribuciones que tienen las habilitaciones niveles A y O y además le permite ser designado como Jefe o Responsable de Trabajo, con personal a cargo bajo cualquier habilitación. Cada uno de estos Niveles podrá subdividirse, de acuerdo al criterio o necesidad de cada empresa. •

Habilitación en período de capacitación en la formación (HC):

Permite a su titular participar en cursos de capacitación y entrenamiento en Trabajos con Tensión. Durante la capacitación y entrenamiento este personal recibe instrucciones exclusivamente del Instructor o del Jefe de TcT.

8.2.5

Tipo de Habilitación

De la combinación de Clase de Habilitación y de Nivel de Habilitación surge el Tipo de Habilitación que se aplicará para cada caso, dependiendo de la Capacitación y Entrenamiento recibido y del tipo de instalación a trabajar. En la Tabla siguiente se indican las posibles combinaciones: Tabla 8.2 - A Nivel de Tensión

Clasificación

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A

O

J

HC

MT

>1 kV hasta 50 kV.

MTA

MTO

MTJ

MTHC

AT

>50 kV hasta 220 kV

ATA

ATO

ATJ

ATHC

EAT

>220 kV hasta 800 kV

EATA

EATO

EATJ

EATHC

8.2.6

Reciclado

Tiene como objetivo que el personal habilitado aplique y mantenga los conocimientos adquiridos en la etapa de formación y durante las prácticas habituales. En el Reciclado se deben revisar los conocimientos incorporados sobre la aplicación correcta de las técnicas operativas, normas, procedimientos y agregar conocimientos y técnicas de trabajos nuevos. Cuando la Empresa lo crea conveniente y dentro de un período máximo de 2 años, se realizará el reciclado del personal de TcT acorde a su nivel de habilitación.

8.2.7

Vigencia de la Habilitación

Finalizado el curso de capacitación y entrenamiento o el de reciclado y de acuerdo a la evaluación de los resultados obtenidos durante el mismo, con la conformidad del Área de TcT se otorgará o se revalidará la habilitación vigente del personal de TcT, por un plazo no mayor de 2 años (desde su última revisión); debiendo ser examinada en caso de suspensión...

8.2.8

Suspensiones

Una habilitación para TcT (de cualquier tipo) debe ser suspendida en caso que: a) El habilitado se traslade y/o cambie de función. b) El habilitado no desee continuar con la práctica de TcT. Para ello presentará su solicitud por escrito firmada y expresando el motivo de la misma. c) El habilitado interrumpa la práctica de TcT, por un periodo de hasta 12 meses corridos. d) El área de Medicina Laboral informa que el habilitado presenta algún tipo de restricción psicofísica que le impida continuar con el desarrollo normal de sus tareas. e) El habilitado transgreda las reglas que rigen los TcT. f) Se detecten acciones por parte del habilitado que puedan poner en peligro su seguridad personal, del grupo de trabajo, de terceros, o de instalaciones propias y/o terceros. g) El habilitado haya estado involucrado en incidentes y/o accidentes específicos de TcT. Cuando un trabajador habilitado incurra en una trasgresión a las reglas que rigen para los TcT, se le efectuará un severo llamado de atención y se lo separará temporalmente de sus tareas específicas, debiendo completar todos los pasos de la capacitación relacionada con la trasgresión Luego de aprobados el o los cursos recién podrá ser reincorporado al TcT. Todas las actuaciones generadas en este aspecto y como consecuencia de la trasgresión, serán incorporados al legajo personal del trabajador. Este examen puede derivar en una modificación o retiro de la habilitación otorgada.

8.2.9

Procedimiento de Suspensión

El procedimiento para efectivizar la suspensión será establecido por cada Empresa.

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Se deberá asegurar que el habilitado suspendido no efectúe TcT’, debiendo ser separado temporalmente de sus tareas específicas.

8.2.10

Revocación de la Suspensión

La revocación de la suspensión se llevará a cabo en función de la causa que la originó. Cada Empresa establecerá un procedimiento para hacerla efectiva.

8.2.11

Cancelación de la Habilitación

En caso de Habilitados reincidentes en transgresiones que rigen las Reglas de TcT, se procederá a cancelar la habilitación en forma definitiva.

9

MÉTODOS DE TRABAJO

Se distinguen tres métodos de trabajo, según la situación del operario respecto a las partes bajo tensión y los medios que emplee, para prevenir los riesgos de electrocución y de cortocircuito. Con referencia a estos métodos, se indica que los mismos pueden ser empleados independientemente uno del otro o combinados entre sí. En caso de aplicar en una misma tarea un Método Combinado, se deberán cumplir las condiciones de trabajo y seguridad requeridos para cada uno de los métodos que lo constituye.

9.1 Trabajo a contacto En este método el operario ejecuta la tarea con sus manos y brazos correctamente protegidos mediante elementos aislantes (guantes, protectores de brazos y otros) manteniendo siempre doble nivel de aislamiento con respecto a distintos potenciales.

9.2 Trabajo a distancia En este método, el operario se mantiene separado de los conductores o de las partes a potencial, conservando las distancias de seguridad (Ver 7.4) y ejecuta el trabajo con ayuda de herramientas montadas en el extremo de pértigas, sogas u otros elementos aislantes.

9.3 Trabajo a potencial En este método el operario trabaja con sus manos, colocándose al mismo potencial del conductor o de la estructura conductora, mediante un dispositivo aislante apropiado al nivel de tensión al que sé verá sometido. Ello obliga a mantener las distancias de seguridad con respecto a tierra, con relación a los conductores y/o estructuras conductoras que se encuentren a un potencial distinto (Ver tablas 7.4 / 7.5) Mientras el operario es transferido desde el potencial de tierra al potencial de la instalación bajo tensión y de regreso a tierra, el operario no quedara ligado a ningún potencial fijo, se dice entonces que el mismo se encuentra expuesto a potencial flotante.

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CONDICIÓN DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (C.E.T.) Y PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS (P.O.)

Las C.E.T. necesarias para la realización de los TcT definirán las reglas generales a respetar en la aplicación de uno de los tres métodos definidos en 9.1 a 9.3, o en la combinación de los mismos. Estas condiciones deben establecer las modalidades de trabajo, las herramientas a emplear y todo otro detalle destinado a la más segura y correcta realización del trabajo. Los P.O se establecerán por el modo de ejecución de los trabajos a realizar y las herramientas que se deban utilizar. Los P.O. podrán combinar adecuadamente el empleo de los métodos antes citados, haciendo hincapié en los habilitados involucrados tomen conciencia acerca de qué etapa del método se encuentran realizando y las medidas correspondientes a cada una de ellas.

11

PREPARACION DE LOS TRABAJOS Y RESPONSABILIDADES

11.1

Solicitud de TCT. - Elección de los P.O

La decisión de realizar TcT sobre una instalación de M.T., A.T. y E.A.T. será tomada por el JEFE DE SERVICIO, quien designará al RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO y emitirá la correspondiente Orden de Trabajo. (O.T.). A continuación el RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO examinará sobre el lugar si la tarea encomendada puede realizarse con tensión: a) En caso afirmativo, elige los P.O. que mejor se adapten a la operación a realizar. b) En caso negativo, informará fehacientemente al JEFE DE SERVICIO

11.2

Medidas Previas

El O.C.O.R. a solicitud del RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO, tomará en primer lugar las disposiciones para colocar la instalación en Régimen Especial de Explotación (R.E.E.) Este régimen debe incluir las siguientes medidas: •

Supresión de los recierres automáticos.

• Prohibición de toda nueva puesta en servicio de la instalación ante un eventual desenganche, sin previo acuerdo con el RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO. • Disposiciones particulares adaptadas a la naturaleza, al nivel de tensión de la instalación y al trabajo a efectuar. El O.C.O.R., garantizará el mantenimiento del R.E.E. durante todo el período de realización del TcT. Las disposiciones para su vigencia se señalizarán sobre los tableros de comando por medio de carteles previstos a tal efecto u otro dispositivo de seguridad apropiado. El O.C.O.R. y el RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO establecerán una comunicación confiable y permanente con el lugar de trabajo (radio o teléfono), que permita cualquier maniobra de urgencia que fuera necesaria, posibilitando en forma directa o por enlace con otra estación la vinculación con los puntos que constituyen origen de alimentación del circuito en el que se están desarrollando los trabajos. Cuando hayan sido tomadas las medidas necesarias para la colocación en R.E.E., el O.C.O.R. dará la autorización de TcT al RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO. Esta autorización, que puede ser remitida directamente o transmitida por mensaje colacionado, determinará la instalación (o parte de ella) interesada por los trabajos, definiendo en forma clara, precisa y completa las tareas a ejecutar y el nombre del RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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Antes de comenzar o de reiniciar un TcT, el RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO indicará a los trabajadores de la cuadrilla las condiciones para la aplicación de los P.O. a utilizar o C.E.T. y los detalles de la ejecución. El RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO, debe estar seguro que cada miembro del equipo haya comprendido correctamente el o los alcances de su función y de qué manera se integra cada uno en la operación del conjunto.

11.3

Dirección y Supervisión de los Trabajos

El RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO debe asegurar una dirección efectiva de las tareas y supervisar permanentemente el trabajo. En consecuencia durante el desarrollo del mismo no realizará tarea manual alguna. Además, será responsable de las medidas de todo orden que atañen a velar por la seguridad en el lugar. Si por alguna razón inexcusable, el RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO no puede asegurar personalmente esa supervisión suya en el lugar, debe designar para que lo reemplace a otro agente habilitado, previamente designado por el JEFE DEL SERVICIO, quién se hará cargo de las tareas, mientras dure la ausencia del RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO, asumiendo éste todas las responsabilidades que le corresponden al reemplazado. Se debe alejar del área de trabajo a toda persona ajena al mismo o que presente signos de alteraciones físicas y/o psíquicas de cualquier origen, prohibiéndoles a todos en la cuadrilla y jefatura terminantemente el consumo de cualquier tipo de bebidas con alcohol u otras sustancias que puedan alterar potencialmente la capacidad psicofísica de las personas, durante el curso de los trabajos.

11.4

Suspensión de los trabajos

Cuando por algún motivo (por ejemplo las condiciones atmosféricas, entre otros) hagan necesaria la suspensión de la tarea, el personal abandonará su puesto de trabajo, pero dejando los dispositivos aislantes necesarios para dejar perfectamente asegurada, mecánica y eléctricamente la instalación. Además señalizará suficientemente el lugar para no ocasionar peligros a terceros. EL RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO informará fehacientemente sobre el motivo de la interrupción al O.C.O.R. Si las condiciones atmosféricas se normalizaran y antes de recomenzar las tareas, el RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO, inspeccionará el estado del lugar, e informará al O.C.O.R. la posibilidad de reiniciar el trabajo interrumpido, a fin de obtener la correspondiente autorización para ello.

11.5

Finalización de los trabajos

Al finalizar los trabajos, el RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO verificará que los mismos hayan sido correctamente terminados. El RESPONSABLE o JEFE DE TRABAJO comunicará fehacientemente al O.C.O.R. el aviso de cancelación del Permiso de Trabajo autorizado por éste. El O.C.O.R. no podrá cambiar el R.E.E. de la instalación, hasta tanto no reciba el aviso de cancelación de todos los RESPONSABLES o JEFES DE TRABAJO que se encuentren trabajando.

12 12.1 12.1.1

CONDICIONES DE INTERVENCIÓN Instalaciones aéreas de M.T., A.T. y E.A.T. Trabajo a contacto

Los trabajos están limitados por el grado de aislación de los elementos aislantes que se empleen. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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El trabajador se colocará guantes y protectores de brazos de aislación adecuada y eventualmente una vestimenta apropiada para realizar TcT en MT. Preparará su puesto de trabajo, realizando la protección de los conductores y estructuras conductoras que impliquen riesgos. Las condiciones de dicha preparación estarán determinadas en los P.O. o en las C.E.T.

12.1.2

Trabajo a distancia

Cuando no se apliquen dispositivos de protección (que eviten todo riesgo de contacto o arco con una pieza a un potencial distinto del trabajador) las distancias mínimas de aproximación a respetar serán las fijadas en las Tablas 7.4 / 7.5

12.1.3

Trabajo a potencial

En estos trabajos se deben utilizar dispositivos aislados apropiados al nivel de tensión en que se vaya a intervenir. Está prohibido el uso de guantes aislantes a los trabajadores que realizan tareas a potencial, debiendo llevar calzado especial con suela conductora y para AT, MAT y EAT vestimenta conductora, según lo indicado en los M. O. o en las C.E.T.

12.2

Instalaciones aéreas de M.T con conductores aislados o protegidos, situados a la intemperie

En este caso se considera para TCT que los conductores se encuentran desnudos.

12.3

Instalaciones de M.T o A.T Situadas en el interior de edificios

a) Los trabajos realizados en el interior de edificios estarán sujetos a las disposiciones definidas en 12.1 b) Condiciones Atmosféricas: En caso de tormenta el trabajo no debe empezarse ni continuarse

12.4

Lavado de aisladores en instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T.

El equipo a emplearse para el lavado de aisladores con tensión, debe responder a las condiciones fijadas en lo establecido para el mantenimiento de vehículos con brazos aislados (Ver 13.5) Las distancias mínimas de Seguridad a respetar con relación a los conductores con tensión, la presión mínima necesaria en la boquilla, así como la resistividad mínima admisible para el agua (considerando la temperatura ambiente), deben ser especificadas en los P.O. o en las C.E.T. En caso de efectuarse los lavados o limpieza de aisladores por proyección de otros productos distintos que el agua, los P.O. determinarán: •

La naturaleza de los materiales empleados;



El equipamiento necesario de los trabajadores;



Las características de los dispositivos de proyección.

12.5

Trabajo de limpieza de instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T.

Se consideran los trabajos de limpieza con tensión en instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T. por aspiración, soplado o mediante cepillos, todos con el aislamiento indispensable a la instalación a intervenir. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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El lavado de instalaciones con tensión por medio de lanzas de pulverización está tratado en el párrafo 12.4 precedente. Método de Trabajo: La limpieza de instalaciones aquí considerada será ejecutada obligatoriamente por el método de Trabajo a Distancia. La distancia mínima de aproximación a respetar con respecto a un conductor desnudo con tensión será la fijada las Tablas de 7.4/7.5, según corresponda.

13

MATERIALES Y HERRAMIENTAS PARA TCT

13.1

Aprobación:

Las herramientas o elementos que se adquieran para su utilización especifica en los métodos de trabajo con tensión y que cumplan funciones de aislamiento eléctrico, deberán ser sometidas a los ensayos dieléctricos y periodicidad establecidos en la Tabla II y también antes de su primer uso. Los ensayos deben ser realizados bajo normas IEC; documentos nacionales o documentos internacionales. En el caso de guantes aislantes se realizará la prueba de inflado previamente a su utilización. En cuanto a las herramientas nuevas que se utilizan en los métodos de TcT y cumplen funciones mecánicas se realizarán ensayos mecánicos acordes al tipo de solicitación mecánica al que las mismas se puedan ver sometidas durante su uso. Los ensayos de recepción, de nuevas herramientas serán realizados a elección de la empresa adquiriente, a cada una de las herramientas/elementos o a una muestra determinada del lote total, debiendo contar cada una o cada lote con el correspondiente certificado de calidad.

13.2

Fichas Técnicas (F.T.)

Cada tipo de herramienta o elemento contará con la respectiva F.T., donde se asentarán como mínimo: a) Las condiciones de empleo b) Las características mecánicas y eléctricas. c) Los ensayos y controles a efectuar. d)

La periodicidad de los mismos.

Las F.T. deben especificar además, claramente las condiciones: •

de conservación,



de mantenimiento,



de transporte.

13.3

Registros de Ensayos – Trazabilidad

A fin de mantener la trazabilidad de las herramientas y elementos utilizados en TcT indicados en el Anexo A - Tabla II, se deberá: a) Identificar cada herramienta o elemento con un código único e irrepetible. b)

Registrar adecuadamente las reparaciones o modificaciones efectuadas.

c)

Registrar para cada herramienta o elemento los ensayos realizados y sus respectivos protocolos (de Recepción para nuevos materiales y Periódicos para los que estén en uso).

Los ensayos podrán efectuarse en laboratorios propios o externos. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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13.4

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Verificación en el lugar de trabajo

El Responsable o Jefe de Trabajo debe realizar una inspección visual para comprobar: a) El buen estado del material y de las herramientas destinadas a la ejecución del trabajo previsto. b) El buen estado de los elementos de seguridad personal provistos a cada operario. c) El buen estado de la instalación desde el punto de vista eléctrico y mecánico.

13.5

Vehículos con brazo aislado

Los vehículos con brazo hidroelevador aislado, plataformas aislantes o equipos similares, recibirán el mismo tratamiento que las herramientas antes citadas. Se llevará un registro de las operaciones de mantenimiento y de los ensayos y reparaciones que se hayan efectuado sobre el equipo. Es decir deben contar con el respectivo Registro (por equipo) en el que se llevará su historial.

13.6

Hidroelevadores aislados de uso en TcT

Los ensayos de Recepción y los correspondientes a Controles Periódicos, deben responder a normas internacionales, recomendadas por el fabricante (debe figurar en la respectiva ficha Técnica del equipamiento)

14

ACONDICIONAMIENTO Y EMPLEO

Materiales y Herramientas de uso colectivo El material y las herramientas para TcT se conservarán adecuadamente limpios y transportarán en las condiciones establecidas en las F.T. correspondientes. Los tensores, sogas, pértigas, crucetas, mástiles, escaleras con y sin partes aislantes, yugos, así como los demás materiales y herramientas aisladas se manipularán con el cuidado apropiado para evitar todo tipo de deterioro de las mismas. En el lugar de trabajo esos materiales, como así también los protectores, mantas, alfombras y otros, se depositarán adecuadamente limpios, sobre caballetes o sobre lonas previstas al efecto. Las herramientas, equipos, accesorios y vehículos especiales para TcT serán utilizados solo por personal debidamente habilitado y capacitado para ello. Antes del comienzo o reiniciación del trabajo, las pértigas se limpiarán con trapos secos y a continuación se les pasará cuidadosamente una franela siliconada, según se indique en la correspondiente ficha técnica. El RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO se asegurará que se respeten esas precauciones, conforme a las condiciones fijadas por las F.T. de los diferentes materiales y herramientas en uso.

14.1

Elementos de Protección Personal

Todo trabajador habilitado para TcT sobre instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T. recibirá para su uso los siguientes elementos: En todos los casos: a) Un casco plástico para protección mecánica, de ser necesario con barbijo b)

Un par de guantes de protección mecánica.

c)

Anteojos de protección apropiados a la zona de desarrollo de los trabajos.

d) En todos los casos se debe utilizar ropa de trabajo adecuada. De acuerdo a los procedimientos internos de la empresa. El usuario de este Documento es responsable de verificar la vigencia, aclaraciones, adendas y corrigendas en www.aea.org.ar

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AEA 95702  Edición 2012 Página 24

En cada caso particular, el material previsto en los P.O. o en las C.E.T., por ejemplo: a) Calzado aislante o calzado especial con suela conductora. b) Vestimenta conductora para trabajos a Potencial c) Guantes aislantes adecuados a trabajos a ejecutar con su correspondiente protección mecánica. d) Protectores de brazos. e)

Arnés de Seguridad con cabo de amarre y/o sujeción

f)

Cada trabajador se asegurará del mantenimiento correcto de su equipo personal.

NINGÚN TRABAJADOR PODRÁ PARTICIPAR EN UN TCT SOBRE INSTALACIONES DE M.T., A.T. O E.A.T. SI NO DISPONE EN EL LUGAR DE TRABAJO Y EN BUEN ESTADO, DE TODO SU EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL DEFINIDO ANTERIORMENTE, ASI COMO LO PREVISTO EN LOS P.O. O EN LAS C.E.T. A APLICAR

14.2

PERIODICIDAD DE CONTROLES Y ENSAYOS

Por periodicidad de los controles y ensayos, se entiende el plazo, entre la fecha de habilitación del elemento al servicio y la fecha del nuevo control o ensayo según lo establecido en la Tabla II del Anexo. Este plazo será verificado en toda ocasión por el RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO. Los ensayos podrán efectuarse en laboratorios propios o externos.

15

CONDICIONES ATMOSFÉRICAS DESFAVORABLES

En caso de condiciones atmosféricas adversas se procederá a la ejecución del trabajo respetando las restricciones establecidas en la Tabla I del Anexo A del presente reglamento. Cuando las condiciones atmosféricas hagan necesaria la suspensión de la tarea, el personal abandonará su puesto de trabajo, pero dejando los dispositivos aislantes necesarios para asegurar mecánica y eléctricamente la instalación y además señalizará suficientemente el lugar para no ocasionar peligros a terceros. EL RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO informará fehacientemente sobre el motivo de la interrupción al O.C.O.R. Si las condiciones atmosféricas se normalizaran y antes de recomenzar las tareas, el RESPONSABLE O JEFE DE TRABAJO, inspeccionará el estado del lugar, e informará al O.C.O.R. la posibilidad de reiniciar el trabajo interrumpido, a fin de obtener la correspondiente autorización para ello.

15.1

Instalaciones aéreas de M.T., A.T. y E.A.T.

Según condiciones indicadas en Tabla I del Anexo.

15.2

Instalaciones de MT o AT situadas en el interior de edificios

En caso de tormenta los trabajos no deben comenzarse ni continuarse.

15.3

Lavado de aisladores en instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T.

En caso de precipitaciones de agua, niebla espesa, tormenta o viento violento, los trabajos no deben comenzarse ni continuarse. Para trabajos en instalaciones situadas en interiores sólo se aplicará la restricción en caso de tormenta.

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15.4

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Trabajo de limpieza de instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T.

El presente párrafo considera los trabajos de limpieza con tensión por aspiración, soplado o mediante cepillos aislantes de instalaciones de M.T., A.T. y E.A.T. El lavado de instalaciones con tensión por medio de lanzas de pulverización está tratado en el párrafo 12.4 precedente. En caso de precipitaciones de agua, niebla espesa, viento que comprometa la tarea o de tormenta, el trabajo no debe comenzarse, ni continuarse si se trata de instalaciones M.T. ubicadas a la intemperie. Por el contrario, si se trata de instalaciones M.T. situadas en el interior de edificios, el trabajo puede ser realizado cualquiera sean las condiciones atmosféricas, salvo en caso de tormenta o (en el lugar de trabajo) humedad relativa inferior al valor definido en los P.O. o en las C.E.T.

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ANEXO A. Tabla A- I

En caso de

Precipitaciones de agua poco importantes

Precipitaciones de agua importantes

Tensión Nominal en kV (Un)

Trabajo a Contacto

Trabajo a Distancia

MT

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse, pero la operación en curso puede continuarse si hay posibilidad.

El trabajo no debe emprenderse, pero la operación en curso puede continuarse si hay posibilidad.

AT y EAT

Método de trabajo prohibido

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse.

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

MT

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

AT y EAT

Método de trabajo prohibido

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

MT

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse, pero la operación en curso puede continuarse si hay posibilidad.

AT y EAT

Método de trabajo prohibido

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

MT

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

AT y EAT

Método de trabajo prohibido

MT

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

Niebla espesa

Tormenta

Viento violento (XX)

Trabajo a Potencial(X)

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

El trabajo no debe emprenderse ni continuarse

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AT y EAT

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Método de trabajo prohibido

(X) Para tensiones MT el trabajo sólo puede realizarse en las condiciones fijadas en 11.1 (XX) La velocidad del viento estará determinada según 3.9.4

Tabla A-II Naturaleza del Material Guantes aislantes y protectores de brazos para trabajos en MT Sogas aislantes aptas para utilizar con partes energizadas en MT, AT y EAT (excluye sogas de Servicio (1) Protectores y mantas aislantes (2)Pértigas, andamios, plataformas, mástiles, crucetas, escaleras y todo elemento fabricado con fibra de vidrio, resina epoxi y poliuretano

Naturaleza de los controles o ensayos Ensayo de aislación (después de su limpieza)

Plazo máximo de utilización antes de nuevos controles Seis (6) meses

Dieléctrico

Seis (6) meses

Dieléctrico c/equipo portátil

Antes de cada trabajo

Ensayo de aislación (después de su limpieza) Ensayo de aislación

Un (1) año Dos (2) años

(en Laboratorio)

Después de una reparación o restauración importante

Dieléctrico c/equipo portátil

Antes de cada trabajo

Vehículos especiales para trabajos a potencial, (Hidroelevadores con brazo aislante) (3)

Mecánico e hidráulico

Dieciocho (18) meses

Dieléctrico

Seis (6) meses

Vehículos especiales para trabajos a contacto o a mano enguantada (Hidroelevadores con brazo aislante)

Mecánico e hidráulico

Dieciocho (18) meses

Dieléctrico

Doce (12) meses

Vestimenta conductora Chaqueta, pantalón, medias, guantes y calzado

Ensayo de conductividad. Medición con Megger de 5.000 Volt, no debiéndose superar los 20 Megohm.

Después de su lavado o cada 12 meses

1) Toda soga que no entrara a potencial ni tocara partes energizadas en ningún momento del trabajo (2) Los ensayos se efectuaran con la periodicidad indicada, si los materiales han sido usados, conservados y transportados en las condiciones establecidas en las Fichas Técnicas correspondientes. En caso de prolongada exposición a la intemperie o ambiente contaminado, caídas, golpes o deterioro visible en su superficie, se ensayara antes de su uso. (3) Ensayos de corriente de fuga en el lugar de trabajo y previo al mismo mediante contacto con línea energizada, estando la barquilla sin personal, con el chasis del camión puesto a tierra.

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