Importaciones Prohibidas y Restringidas en El Peru

Descripción completa

Views 155 Downloads 5 File size 219KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

IMPORTACIONES PROHIBIDAS Y RESTRINGIDAS EN EL PERU. 1. Importaciones de Mercancías Prohibidas.- Las mercancías prohibidas son aquellas que por mandato legal se encuentran prohibidas de ingresar o salir del territorio nacional. Algunas de estas mercancías son los siguientes:  Pisco.  Heroína.  Cannabis, y aceites esenciales.  Neumáticos usados.  Papaver somniferum (Planta de opio).  Aceite de Cannabis.  Concentrado de paja de adormidera.  Auricloruro de mescalina.  Tetracloruro de Carbono.  Lindano (plaguicida dañino para la salud humana y el medio ambiente).  Mirex (plaguicida dañino para la salud humana y el medio ambiente).  Clorhidrato de lefetamina.  Tilidina.  Metazocina.  Norpipanona.  Acetorfina.  Resinato de metacualona.  Clorhidrato de psilobicina.  Clorhidrato de mescalina.  Catinona.  Clorhidrato de metanfetamina.  Psilobicina.  Sulfato de desomorfina}.  Hidrogenotartrato de fenmetrazina.  Clorhidrato de fendimetrazina.  Tiofentanilo.  Etriptamina.  Clorhidrato de metacualona.  Bromhidrato de metazocina.  Metazocina.  Clorhidrato de MMDA.

2. Importaciones de Mercancías Restringidas.- Las mercancías restringidas son aquellas que por mandato legal requieren la autorización de una o más entidades competentes para ser sometidas a un determinado régimen aduanero. Algunas de esras mercancías son las siguientes:  Bajo autorización del Ministerio del Interior:  Armas largas con cañon único de ánima lisa de corredera.  Explosivos preparados a base de nitrato de amonio.  Detonadores eléctricos.  Pistolas con cañón múltiple.  Pólvora.  Detonadores eléctricos.  Bajo autorización del Ministerio de Producción - Viceministerio de Pesquería:  Peces ornamentales.  Truchas vivas.  Langostas vivos.  Camarones y demás decápodos natantia vivos, excepto para reproducción o cría industrial.  Cangrejos vivos.  Ostras vivos.  Bajo autorización del Ministerio de Salud:  Sangre humana.  Vacuna antisarampión.  Sustitutos sintéticos del plasma humano.  Medicamentos que contengan hormonas corticosuprarrenales, tratamiento oncológico.  Malla quirúrgica.  Hisopos, gasas, vendas, algodón. Esponjas de algodón.  Bajo autorización del Ministerio de Agricultura – SENASA:  Flores y capullos, cortados para ramos o adornos de orquídeas, frescos.  Papas frescas o refrigeradas, para consumo o uso industrial.  Maíz dulce para siembra.  Arvejas (guisantes, chicharos) (Pisum sativum), para siembra.  Almendras, con cáscara, frescos o secos al natural.

para

 Manzanas, secadas naturalmente.  Bajo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores:  Solo cuadernos con referencia o representación de los límites del Perú.  Solo Álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear, para niños.  Solo Sellos de correos con referencia o representación de los límites del Perú.  Solo Estampas, grabados y fotografías con referencia o representación de los límite.  Solo Tarjetas postales impresas o ilustradas; tarjetas impresas con felicitaciones.  Bajo autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:  Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.  aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluso con función de escaneo.  Aparatos de radionavegación, excepto GPS receptores.  Antenas parabólicas.  Instrumentos y aparatos especialmente concebidos para técnicas de comunicación.  Aparatos emisores de radiodifusión y televisión.  Aparatos receptores y transmisores de radiotelefonía.