Ley 1420 Resumen

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Ley 1420 (1884): Instituciones educativas: características y funciones ·Formar ciudadanos para la integración social, ·Educación a nivel primario laica, obligatoria (7 años), pública y gratuita. ·Homogeneizar la educación en todo el país. (Sin Castigos) ·Alfabetizar ( los sujetos se dividieron en "educables" y " no educables", y los pueblos originarios entraron en los "no educables"). ·Crear la noción de: Patria, Soberanía, Estado nacional. ·Estado Nacional: supervisión y control, era el único agente educativo. Directivas del Ministerio Nacional y cumplidas por las Instituciones, sin participación en la toma de decisiones. El sistema educativo tiene características "estatistas y centralizadoras". Funciones de la Política Educativa (válida para Capital Federal y los territorios nacionales), establecía: Qué el Estado es el responsable de la educación pública. Se financia la educación primaria (Fondo Escolar permanente). Creación de jardines de infantes, escuelas para adultos y en caso de necesidad, escuelas ambulantes. Se establecen contenidos mínimos de lengua nacional, historia nacional y geografía nacional. Se Normatiza la construcción de edificios escolares y cuestiones de sanidad escolar. Se Normatiza la actividad docente, asegurando formación, estabilidad y derecho al retiro. Se promueve la creación de bibliotecas populares. Se establece la Inspección Estatal sobre escuelas particulares. Calidad Educativa: • Establecer la obligatoriedad escolar • Su gratitud • Educación de adultos en cuarteles, fábricas y establecimientos agropecuarios. • El mínimo de educación obligatoria • Se eliminan los castigos físicos en la escuela • Vacunación obligatoria. Estos aspectos contribuyeron afianzar el orden social y la unidad nacional. Ciudadano /Ciudadanía: Todos debemos haber escuchado la frase “Argentina, crisol de razas”, esa frase sintetiza quizás el escenario de un país de fines de siglo XIX, compuesto por diferentes grupos, entre criollos, aborígenes, gauchos e inmigrantes. La generación del 80 quizo homogeneizar esa sociedad, transformándola, culturalizándola y fue el sistema educativo uno de los mecanismos que se utilizo. Muchas de sus características como laicidad, gratuidad y obligatoriedad la configuraron como lo que hoy llamaríamos una “Política Universal”, para transmitir una cultura, símbolos patrios, la idea de Nación y se los forme así como ciudadanos de la Nación y futuros votantes también, una idea utópica sin una aparato como la escuela, que

contribuya a la homogeneización mencionada. La educación debía llegar a todos, y con ella la conformación de la ciudadanía, del ser Nacional. La ley 1420 fue la ley que materializo esa idea, y que acompaño por mucho tiempo los designios del país en materia educativa. Agentes educativos Los agentes educativos mencionados en esta ley son los siguientes: Maestros: están encargados de la enseñanza en las escuelas públicas, deben dirigir la enseñanza de los niños que estén a su cargo. Inspectores maestros: dedicados a vigilar personalmente la enseñanza en las escuelas. Consejo Escolar de Distrito: deben cuidar la higiene, disciplina, moralidad de las escuelas de su distrito, estimular la concurrencia de los niños a las escuelas, etc. Consejo Nacional de Educación: a cuyo cargo se encomienda la dirección facultativa y la administración general de las escuelas. Directores o maestros de escuelas particulares: deben brindar en los respectivos establecimientos el mínimo de enseñanza obligatoria establecida por esta ley. En esta ley el rol del Estado es principal. Calidad educativa Ley 1420: estableció educación universal, gratuita, común, mixta, obligatoria y neutra. Consideraba que la Nación requería un sistema educativo nacional al servicio del progreso y del orden. La escuela pública era el medio para acceder a un conjunto mínimo de conocimientos. El Estado tenía a cargo: formación de maestros, financiamiento de escuelas públicas y control de la educación. Padres elegidos por el Consejo Nacional de Educación facultados para inspeccionar calidad, higiene y cumplimiento de leyes.