Principio de Oportunidad

Caso : 1910-2019 Fiscal: Dra. PATRICIA PESSOA PORRAS Sumilla : SOLICITA APLICACIÓN DE PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD SEÑOR FIS

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Caso : 1910-2019 Fiscal: Dra. PATRICIA PESSOA PORRAS Sumilla : SOLICITA APLICACIÓN DE PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD SEÑOR FISCAL DEL TERCER DESPACHO DE LA CUARTA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE HUANCAYO

JOSE LUIS LLALLICO CONDOR, identificado con D.N.I. Nro. 19883608, investigado preliminarmente por el delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Yubali Astrid Llallico Ruiz, representado por su madre, Yolanda Ruiz Guinea. I. PETITORIO: Al amparo de lo establecido en el artículo 159º inciso 5 de la Constitución Política del Estado, que establece el ejercicio de la Acción Penal como función exclusiva del representante del Ministerio Público, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 9°, 11° y 12° del Decreto Legislativo N° 052 –Ley Orgánica del Ministerio Público, que describe la forma en la que se desarrolla la investigación preliminar y los órganos encargados de la realización de la misma, en concordancia con el artículo 2º del Código Procesal Penal; acudo a su despacho con la finalidad de acogerme al PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD solicitando SE SIRVA DECLARARLA PROCEDENTE y conceder su aplicación, actuarla y en su oportunidad emita DISPOSICIÓN DE ABSTENCIÓN DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, archivando la denuncia penal en contra del recurrente JOSE LUIS LLALLICO CONDOR en los seguidos por el delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Yubali Astrid Llallico Ruiz, representado por su madre, Yolanda Ruiz Guinea, atendiendo a los fundamentos fáctico y jurídicos que a continuación expongo. Si bien es cierto con la Disposición N° 01, de fecha 26 de julio del presente año, su Despacho Apertura Investigación Preliminar contra mi persona, también dispuso dentro de las diligencias a actuarse se invoco los sujetos procesales para la Aplicación del Principio de Oportunidad para el día 14 de agosto a las 8:10 am del presente año; sin embargo, en aquella fecha, no se llegó arribar a ningún acuerdo por la falta de interés de Yolanda Ruiz Guinea, y la Señora Fiscal informo que volvería a fijar una

nueva fecha para la aplicación del Principio de Oportunidad. Por lo que de nuestra parte SOLICITAMOS que su Despacho fije una nueva fecha para dicho fin. Con la providencia Fiscal N° 03, de fecha primero de octubre del presente año, su Ministerio dispone que los Autos ingresen a Despacho para emitirse la Disposición que corresponda; señora Fiscal, solicitamos que se abstenga a un pronunciamiento sin antes de haberse agotado la posibilidad que los sujetos procesales lleguen a arribar al mecanismo de simplificación del Principio de Oportunidad. Señora Fiscal, lo argumentos antes citado, consideramos que es jurídicamente procedente la aplicación del Principio de Oportunidad; además de informar a su despacho de mi voluntad de reparar el daño con el resarcimiento (Reparación Civil) que se fije en la Audiencia de Acuerdo correspondiente, para lo cual se servirá citar a los sujetos procesales. POR TANTO: Sírvase Ud. acceder a mi pedido de aplicación del principio de oportunidad, y en su oportunidad programar la respectiva Audiencia. Huancayo, 14 de octubre del 2019.