Propuesta Resolucion Tabulador Campamento Turismo 31072014 Mintur

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO DES

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PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO DESPACHO DEL MINISTRO-OFICINA DE CONSULTORÍA JURÍDICA NUMERO: XXX

CARACAS, XX DE XXXXX DE 2014 AÑOS 204°, 155° y 15°

RESOLUCIÓN El Ministro del Poder Popular para el Turismo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto No 02 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.151 de fecha 22 de abril de 2013 y los numerales 5° y 6° del artículo 9 del Decreto No 9.044 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 39.955 de fecha 29 de junio de 2012 y lo establecido en el numeral 19 del artículo 77 del Decreto N° 5.890 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.889 Extraordinario de fecha 31 de julio 2008, en concordancia con los artículos 11 y 13 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Turismo sobre Establecimientos de Alojamiento Turístico, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.607 de fecha 21 de diciembre de 1998,

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014

RESUELVE,

Artículo 1°. La presente Resolución tiene por objeto establecer las condiciones físicas, de servicio, equipamiento, requisitos de gestión administrativa y ambiental, que deben cumplir los establecimientos de alojamiento turístico tipo Hotel Residencia de Turismo para optar a una categoría, tomando como principio la salvaguarda e integridad física de los turistas, visitantes, trabajadoras, trabajadores y del entorno del establecimiento, a fin de garantizar la calidad del servicio

prestado. Los

establecimientos que se encuentren en etapa de proyecto, construcción, remodelación u operación, deben tomar en cuenta los requisitos establecidos en la presente Resolución. Artículo 2°. Para efectos de la presente norma y en concordancia con Reglamento Parcial de la Ley de Turismo sobre Establecimientos de Alojamiento Turístico, se entiende por Campamento de Turismo, aquel establecimiento que presta en forma periódica o permanente el servicio de alojamiento y actividades al aire libre; que facilita el pernoctar en tiendas de campaña, remolques habitables, cabañas u otros alojamientos de índole similar. Artículo 3°. Los requisitos de construcción, medidas de seguridad industrial y otros elementos técnicos contenidos en normativas vigentes que incidan de manera directa o indirecta en la prestación del servicio de alojamiento turístico, son considerados para la aplicación de la presente Resolución. Artículo 4°. Los establecimientos que se encuentren construidos antes de la entrada en vigencia de la presente Resolución, deben de igual forma cumplir con todos los requerimientos aquí establecidos, y en los casos de no cumplir con los índices arquitectónicos, deberán solicitar ante el Ministerio del Poder Popular para el Turismo DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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una consulta técnica para su adecuación, sin detrimento de la prestación de los demás servicios suministrados por el establecimiento. Artículo 5°. La categorización de los establecimientos de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo se realiza a través de un proceso administrativo de acuerdo al tipo, calidad y cantidad de servicios que ofrecen a los turistas y visitantes y cualquier otra consideración que establezca el Ministerio del Poder Popular para el Turismo. Artículo 6°. A los efectos previstos en la presente Resolución, se entiende por: 1. Apariencia: Está relacionada con la decoración de una zona en general o un elemento en particular, y es relativo a que sea agradable a la vista, juegue armónicamente con el conjunto y sea adecuado al nivel, ubicación geográfica y uso del establecimiento. 2. Área o zona habitacional: Área privada o colectiva, que ocupan los turistas durante su permanencia en el establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo; comprende las unidades habitacionales con su servicio sanitario, servicios de pisos y áreas de circulación. 3. Área o sitio para acampar: Se denomina área o sitio para acampar, el lugar al aire libre donde las personas que lo dispondrán del medio donde alojarse, con el fin de realizar actividades recreacionales, contacto con la naturaleza, contemplación, disfrute de ésta y autonomía personal. 4. Capacidad de alojamiento: Medida o número dado por la cantidad y ocupación

máxima

del

establecimiento

de

alojamiento

turístico

tipo

Campamento de Turismo, considerado en relación a la dimensión de la unidad habitacional.

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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5. Capacidad de ocupación por habitación: Cantidad máxima de huéspedes que se pueden alojar en una habitación. 6. Campamento de Turismo:

Aquel establecimiento que presta en forma

periódica o permanente el servicio de alojamiento y actividades al aire libre; que facilita el pernoctar en tiendas de campaña, remolques habitacionales, cabañas u otros alojamiento de índice similar. 5.1. Campamento de turismo fijo: Son aquellos establecimientos en los cuales se prestan servicios y actividades al aire libre, donde los turistas puedan pernoctar en unidades de alojamientos de estructuras estables como cabañas, habitaciones privadas o colectivas u otros de índole similar. 5.2. Campamento de turismo móvil: Son aquellos establecimientos en los cuales se prestan servicios y actividades al aire libre, donde los turistas puedan pernoctar en tiendas de campañas, remolques habitables u otros de índole similar. 7. Entorno inmediato: Se refiere al área que vincula al establecimiento de alojamiento turístico tipo campamento de turismo con el ambiente inmediato exterior, bien sea éste de índole urbano o rural, cuyo radio de alcance estará en función de la superficie que el establecimiento ocupe dentro del ambiente, pudiendo abarcar todas o algunas de las siguientes áreas: frente, lateral (es) o posterior. 8. Funcionalidad: Se refiere a la eficiencia y adecuación de las áreas, muebles, enseres y equipos que presta el Campamento de Turismo para la prestación de sus servicios. 9. Gestión de calidad: Comprende las estrategias y métodos organizativos del establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo, a fin de mejorar continuamente la eficacia y eficiencia de la gestión organizativa. 10.

Instrumentos administrativos: Comprenden los sistemas, estructuras

y procedimientos de trabajo que apoyan el quehacer de las dependencias o DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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divisiones del establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo. 11.

Localización: Especificación del lugar donde se encuentra situado el

establecimiento de alojamiento tipo Campamento de Turismo. 12.

Mantenimiento: Se refiere a la limpieza y conservación de las áreas,

muebles, enseres, equipos y maquinarias, el cual será diario, preventivo y correctivo de acuerdo a las necesidades y planificación que el establecimiento realice sobre la materia. 13.

Mantenimiento correctivo: Se refiere a las acciones que responden

específicamente a la reparación o corrección inmediata de las fallas imprevistas, que hayan sido detectadas en el establecimiento de alojamiento turístico. 14.

Mantenimiento diario: Se refiere a todas las acciones que tienen como

objetivo principal la preservación de todas las áreas en general del establecimiento de alojamiento turístico de acuerdo a la planificación diaria. 15.

Mantenimiento preventivo: Se refiere a las acciones planificadas para

mantener en óptimas condiciones la infraestructura, maquinarias, equipos, herramientas y utensilios del establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo, con el fin de aumentar la vida útil de los mismos, minimizar los costos de reparaciones, así como disminuir accidentes y emergencias, entre otras ventajas, de acuerdo con la planificación que se tenga al respecto. 16.

Remolques habitables: Vehículo de remolque cerrado, tipo casa móvil,

que incluye en su interior un mobiliario básico que brinda las comodidades de un alojamiento, normalmente con el objetivo de usarlo de vivienda durante los viajes. 17.

Responsabilidad social: Comprende las acciones, estrategias o

métodos empleados por el establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo, para asumir la responsabilidad social sobre sus DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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trabajadores, trabajadoras y comunidad local, dentro de la cual se consideran aspectos como los derechos humanos, prácticas laborales, ambiente y el desarrollo socioproductivo. 18.

Servicios complementarios: Se refiere a los servicios que ofrezca el

establecimiento a los turistas y visitantes, adicionales al servicio de alojamiento, pudiendo ser estos de tipo recreativo, ejecutivo, eventos, infantiles, de salud, para mascotas, de alimentos y bebidas, entre otros. 19.

Unidad habitacional: Área privada que ocupan los turistas durante su

permanencia en el establecimiento de alojamiento turístico. a)

Cabaña: Unidad habitacional generalmente aislada de los servicios

principales del establecimiento turístico, pero formando parte integral del mismo y conformada por uno o más ambientes, una o más habitaciones, con sus respectivas camas y servicios sanitarios completos. b)

Cabaña de un solo ambiente: Cabaña que consiste en una (1) sola

sala multifuncional que sirve de comedor, contando con una cocina pequeña compacta (kitchenette) y dormitorio a la vez; dispone además de un área de baño, siendo este el único espacio separado. c)

Cabaña de una (1) habitación: Cabaña que consiste en una (1)

sala que sirve de comedor, de estar y área de cocina con una cocina pequeña compacta (kitchenette); dispone además de una (1) habitación y el área del baño. d)

Cabaña de dos (2) habitaciones: Cabaña que consiste en una (1)

sala que sirve de comedor, de estar, área de cocina con una cocina pequeña compacta (kitchenette); además dispone de un conjunto de dos (2) habitaciones y el área del baño. e)

Cabaña de tres (3) habitaciones: Cabaña que consiste en una (1)

sala que sirve de comedor, de estar, área de cocina con una cocina

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pequeña compacta (kitchenette); además dispone de un conjunto de tres (3) habitaciones y el área del baño. f)

Habitación sencilla: Unidad habitacional dotada por una (1) cama

para ocupación individual. g)

Habitación doble: Unidad habitacional dotada por dos (2) camas

para ocupación individual o una (1) cama para ocupación doble. h)

Habitación múltiple: Unidad habitacional dotada por tres (3) o más

camas para la ocupación múltiple. i)

Tienda de campaña: Unidad de alojamiento portátil destinada a ser

colocada en áreas acondicionadas, que permiten albergar una o más personas. Artículo 7°. Se establecen las siguientes definiciones por categoría: 1. Tercera Clase: Aplicable a aquellos establecimientos de alojamiento,

tipo Campamento de Turismo, que adicional a los requisitos mínimos exigidos en el presente tabulador, se caracterizan principalmente por ofrecer el servicio de hospedaje unidades habitacionales fijas o en un área o sitio para acampar con servicios sanitarios e instalaciones para el lavado de ropa o vajilla. Esta categoría se identificará con el símbolo de un (1) triángulo. 2. Segunda Clase: Aplicable a aquellos establecimientos de alojamiento,

tipo Campamento de Turismo, que adicional a los requisitos mínimos exigidos en el presente tabulador, se caracterizan principalmente por ofrecer el servicio de hospedaje unidades habitacionales fijas o en un área o sitio para acampar con servicios sanitarios e instalaciones para el lavado de ropa o vajilla, dos (2) turnos de alimentos y bebidas, un (1) área o servicio complementario para el uso y disfrute de los DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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turistas o visitantes. Esta categoría se identificará con el símbolo de dos (2) triángulos. 3. Primera Clase: Aplicable a aquellos establecimientos de alojamiento,

tipo Campamento de Turismo, que adicional a los requisitos mínimos exigidos en el presente tabulador, se caracterizan principalmente por ofrecer el servicio de hospedaje unidades habitacionales fijas o en un área o sitio para acampar con servicios sanitarios e instalaciones para el lavado de ropa o vajilla, tres (3) turnos de alimentos y bebidas, dos (2) áreas o servicios complementarios para el uso y disfrute de los turistas o visitantes. Esta categoría se identificará con el símbolo de tres (3) triángulos. Los establecimientos de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo, deben cumplir por lo menos con la categoría de 3ra Clase (1 triángulo) para operar, so pena de ser sancionado de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de Turismo. Artículo 8°. La simbología establecida para denotar la categoría de los establecimientos de alojamiento tipo Campamento de Turismo está representada por triángulos, de uno (1) a tres (3). CATEGORÍA Tercera (3era) Clase Segunda (2da) Clase Primera (1era) Clase

SIMBOLO

Artículo 9°. Para optar a cualquiera de las categorías mencionadas en el artículo anterior, los establecimientos de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo deben con los requisitos mínimos exigidos en la presente Resolución, los cuales se agrupan en los siguientes aspectos fundamentales:

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1. Entorno Físico, que refiere a la apariencia, aspecto y características del entorno

inmediato

al

establecimiento

de

alojamiento

turístico

tipo

Campamento de Turismo. 2. Edificación, que refiere a las características físicas (apariencia, aspecto, condiciones) y funcionalidad del inmueble diseñado o construido para operar como establecimiento de alojamiento tipo Campamento de Turismo, con instalaciones, equipamientos y servicios adecuados a su función. 3. Administrativo, que refiere a las actividades de planeación, organización, ejecución y control del entorno administrativo del establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo, para su operatividad, gestión de calidad y responsabilidad social. 4. Servicios Complementarios, guarda relación con todos aquellos servicios adicionales al de alojamiento que a bien tenga brindar el Campamento de Turismo, de acuerdo a lo establecido en la presente resolución. Alguno de ellos estarán contemplados de manera expresa y otros quedarán en función de lo que el dueño o administrador del establecimiento estime a bien ofrecer siempre que tenga condiciones mínimas de seguridad. 5. Gestión Ambiental, referida al conjunto de acciones encaminadas a lograr lo relativo a la conservación, defensa, protección y mejora del ambiente, tomando en cuenta los estudios e información que existen sobre la materia. Esta área de gestión incluye las siguientes categorías de análisis: manejo del recurso agua; consumo de energía; manejo de residuos; control de la contaminación; información y educación ambiental; conservación de la flora y fauna; y respeto a la cultura local. Artículo 10°. Los servicios complementarios a que se refiere esta Resolución serán evaluados según la norma correspondiente considerando las condiciones mínimas de construcción, equipamiento y servicios. DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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Aquellos servicios que no se mencionen en la referida Resolución, serán evaluados considerando el mantenimiento y conservación de las instalaciones, equipos, entre otros elementos o servicios complementarios que el establecimiento ofrezca al turista y visitante. Artículo 11. La gestión ambiental a que hace referencia el artículo 8 de la presente Resolución será evaluada según las categorías de análisis contempladas en la sección de

Gestión Ambiental previstas en la Guía Básica de Autoevaluación en Buenas

Prácticas para la Gestión Ambiental y Organizacional de los Establecimientos de Alojamiento Turísticos. Si del resultado de la evaluación de la Gestión Ambiental que se realice de acuerdo a la Guía, se verifica que el establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo cumple con el noventa y cinco por ciento (95%) de los indicadores de gestión, el Ministerio del Poder Popular para el Turismo incrementará en un cinco por ciento (5%) la ponderación resultante de la evaluación de categorización realizada según el tabulador de servicios previsto en la presente Resolución. Si del resultado de la evaluación de la Gestión Ambiental que se realice de acuerdo a la Guía, se verifica que el establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo cumple con menos del cincuenta por ciento (50%) de los indicadores de gestión, el Ministerio del Poder Popular para el Turismo reducirá en un cinco por ciento (5%) la ponderación resultante de la evaluación de categorización realizada según el tabulador de servicios previsto en la presente Resolución. Artículo 12. La condición para que el establecimiento de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo pueda obtener la categoría dependerá del resultado que DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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arroje la evaluación según los requisitos establecidos en la presente Resolución, considerando además las condiciones de mantenimiento, apariencia y funcionalidad de los servicios, áreas y otros aspectos generales. Artículo 13. Se tienen como condiciones generales que deben cumplir los establecimientos de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo y que forman parte de la evaluación realizada por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo en el proceso de categorización, las siguientes: 1. Ubicación. Estar situado en lugares permitidos por las autoridades competentes. 2. Altura máxima. Toda edificación de campamento fijo no será mayor de dos (02) plantas (planta baja y un primer piso). 3. Personal. Debidamente entrenado para desempeñarse en el área asignada; cortés y hospitalario. 4. Conservación, mantenimiento y limpieza. La infraestructura, así como todo equipo, enseres y decoración deben permanecer en buen estado de conservación, mantenimiento y limpieza. 5. Servicios. Cada área de servicio debe estar delimitada e independiente una de la otra y su distribución debe ser de acuerdo a los parámetros establecidos en esta Resolución. 6. Escaleras de uso público, de escape, mecánicas o de cualquier otro tipo: diseñadas para el uso de personas con discapacidad ajustándose a la normativa legal aplicable a la materia. 7. Prevención de incendios. Contar con los medios adecuados para evitar o apagar incendios. 8. Sanidad y seguridad. Cumplir con las normas sanitarias y de seguridad aplicables. DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014

9. Servicio de Internet Inalámbrico (Wi-fi). Los establecimientos de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo que opten a la categoría de primera clase (3 triángulos) debe contar con el servicio de Wi-fi en todas las áreas y servicios del establecimiento, cuando el hábitat lo permita. 10. Información.

Los

establecimientos

de

alojamiento

turístico

tipo

Campamento de Turismo deben proporcionar mapas o trípticos para el turista o visitante, con información de la localización, accesos viales, lugares de interés turístico, servicios médicos, comercios, entre otros. Artículo 14. Los establecimientos de alojamiento turístico tipo Campamento de Turismo no podrán utilizar la categoría solicitada hasta tanto la haya autorizado por escrito el Ministerio del Poder Popular para el Turismo. Artículo 15: Se exceptúan las siguientes áreas o zonas para instalar un Campamento de Turismo: 1. Los centros urbanos y en lugares situados a menos de un kilómetro (1km ) de los mismos, salvo cuando se trate de terrenos especialmente destinados para ese uso por alguna entidad pública. 2. Zonas que se encuentran a menos de treinta metros (30 m) del eje de las vías en las carreteras y a cien metros (100 m) de los dispositivos de tránsito, o lo que establezca el Ministerio del Poder Popular con competencia en infraestructura. 3. Los alrededores de un manantial o del nacimiento de cualquier corriente de agua y dentro de un radio de doscientos metros (200 m) en proyección horizontal.

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4. Área mínima de trescientos metros (300 m) de ancho a ambos lados y paralelamente a las fijas de las montañas y a los bordes inclinados de las mesetas. 5. Zona mínima de cincuenta metros (50 m) de ancho a ambos márgenes de los ríos navegables y a una de veinticinco metros (25 m) para los cursos no navegables permanentes o intermitentes. 6. Zona de cincuenta metros (50 m) de contorno a lagos y lagunas naturales. 7. Lugares prohibidos para acampar por determinación del organismo competente. Artículo 16. A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos en el presente tabulador, el establecimiento debe cumplir con todos los requisitos donde aparezca el símbolo de estrella (*) o bien alguna especificación en la categoría que desee optar, y en los

requisitos donde aparezca el símbolo de guión (-) no es

obligatorio dicho cumplimiento. Artículo 17. Se establece el siguiente tabulador, para verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos que deben cumplir los establecimientos de alojamiento turístico clasificados como Campamento de Turismo, para optar a una categoría:



1 1.1

1.1.1.

Requisitos

Requisitos por Categoría 3ra 2da 1ra ENTORNO FÍSICO

Especificaciones

Mantenimiento y Funcionalidad

Localización: Accesibilidad Vial: En buen estado de mantenimiento, garantizando en todo momento la seguridad en el tránsito de los turistas y visitantes. En aquellas zonas de difícil acceso por las condiciones propias del área, proveer a los turistas o visitantes de los * * * medios necesarios para acceder al campamento Turístico.

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PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 1.1.2

1.2

1.2.1

1.3

1.3.1

En zonas rurales y retiradas del centro urbano, el campamento turístico facilitará algún servicio de transporte.

*

*

*

Señalización: Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

Señales, indicaciones o advertencias de carácter informativo.

*

*

*

Las zonas de difícil acceso deberán tener señalización de precaución e informar sobre el grado de dificultad del mismo. Visualización a distancia, tanto en el día como en la noche.

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio o cualquier signo de deterioro.

Salubridad: El entorno inmediato al campamento turístico limpio y bien cuidado.

*

*

Las áreas verdes, espacios públicos y ornatos próximos al establecimiento deben encontrarse libre de escombros y basura .

*

EDIFICACIÓN 2 2.1

2.1.1

EDIFICACIÓN PARA SERVICIOS COMUNES: servicios generales.

Es aquella área que comprende la instalación de los

Construcción: La construcción arquitectónica debe estar en concordancia con lo establecido en las variables urbanas fundamentales y/o permisos de construcción establecidas con los entes municipales o estadales. -Las redes de servicio Debe mantenerse en eléctrico deben ser buen estado, carecer conducidas a través de de manchas, ductos o canales Fachadas * * * decoloración, óxido, aislantes, ocultos. sucio, huecos, grietas o -Las redes de servicios cualquier signo de hidráulicos y sanitarios deterioro. deben estar ocultas.

2.1.2

Área para ser utilizada por el cuarto de lavamopas

-

*

*

2.1.3

Área para depósito de lencería y utensilios

-

*

*

Aplicables para Campamentos Fijos.

Debe estar visible y proporcional a la estructura física y de rápida ubicación, en concordancia con el diseño arquitectónico.

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio, huecos, grietas o cualquier signo de deterioro.

Cantidad mínima de avisos visibles para cada categoría con las especificaciones señaladas para el buen funcionamiento del campamento de

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio, huecos, grietas o cualquier signo de deterioro.

2.2

2.2.1

2.2.2

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

Equipamiento:

Identificación comercial establecimiento.

del

Avisos visibles con las indicaciones necesarias para el buen funcionamiento del campamento, tales como: tarifas, capacidad máxima, plano del terreno, instalaciones o áreas del campamento,

*

*

*

1

2

3

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PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 lugares próximos al campamento, mapa o plano de la región y vías de comunicación.

turismo.

2.2.3

Las áreas verdes externas deben contar con especies vegetales en buen estado de conservación.

*

*

*

2.2.4

Recipientes o estantes para depositar lencerías y utensilios

-

*

*

2.2.5

Equipos para el control de incendio.

*

*

*

2.2.6

Sistemas de prevención y seguridad para el resguardo del turista o visitante.

*

*

*

2.3.1

El establecimiento facilitará el servicio de transporte, a disposición de los turistas o visitantes.

-

-

*

2.3.2

Servicio de información para el turista o visitante.

*

*

*

2.3

3 3.1 3.1.1

Aplicables para Campamentos Fijos. Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. En todas las áreas del establecimiento y circulación de los turistas o visitantes

En buen estado conservación mantenimiento.

de y

Servicio:

RECEPCIÓN – LOBBY Recepción: Construcción:

3.1.1.1

Recepción libre de obstáculos y a la vista.

*

*

*

3.1.1.2

Debe contar con un cuarto de equipaje.

-

-

*

3.1.2

Tanto la vegetación como el equipamiento existente (bancos, luminarias, entre otros) deben estar en buen estado de conservación, mantenimiento y funcionalidad.

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

Equipamiento:

3.1.2.1

Mostrador de recepción, registro información, caja.

*

*

*

3.1.2.2

Sistema de reservaciones.

-

*

*

3.1.2.3

Central telefónica

-

*

*

3.1.2.4

Radio comunicación

*

*

*

Contar con algún medio para la comunicación, el cual debe estar señalizado desde cualquier lugar de la recepción – lobby donde se aprecie la ubicación. Cuando el

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En buen estado conservación mantenimiento. En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y de

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y

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 establecimiento se encuentre alejado de los centros urbanos y no llegue la telefonía fija.

3.1.2.6

Lámparas de batería recargable o luces de emergencia. Equipo para primeros auxilios

3.1.2.7

Extintores contra incendios

3.1.2.5

3.1.3

*

*

*

*

*

*

*

*

*

Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

O personal responsable de atención al turista o visitante de forma inmediata

Servicio:

3.1.3.1

Persona disponible a prestar el servicio de recepcionista en forma permanente 24 horas.

*

*

*

3.1.3.2

Persona con dominio español e inglés.

-

-

*

3.2 3.2.1

3.2.1.1

del

Lobby: Construcción:

*

*

*

Muebles y accesorios que permitan acondicionar al salón para la espera del turista o visitante.

-

*

*

3.2.2.2

Televisor o ambiente musical.

-

*

*

3.2.2.3

Servicio de Internet inalámbrico (wifi).

-

-

*

Cuando el hábitat lo permita

Sin costo adicional para el turista o visitante.

3.2.2 3.2.2.1

3.2.3

Zona o área de lobby.

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

Equipamiento:

Refrigerios o Coffee Break a solicitud del turista o visitante.

-

-

*

3.2.3.2

Televisión o ambiente musical

-

*

*

3.3.1 3.3.1.1

3.3.1.2

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

Servicio:

3.2.3.1

3.3

El mobiliario y los accesorios permitirán la libre circulación.

Sanitarios públicos para damas y caballeros Construcción: En el caso de sanitarios para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Las dimensiones de las salas * * * El piso, paredes, techo, sanitarias estarán de acuerdo lámparas o cualquier con el número y tipo de las otro elemento piezas sanitarias que se estructural o decorativo instalarán en ellas, previendo deben estar en buen los espacios mínimos estado de necesarios para su adecuado mantenimiento y uso, limpieza, reparación e funcionalidad. inspección. Debe contar con ventilación e * * * DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

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PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 3.3.1.3 3.3.2

3.3.2.1

iluminación natural o artificial. Cada inodoro deberá instalarse en espacios cerrados de * * * carácter privado. Equipamiento: El equipamiento en sanitarios para personas con discapacidad deben cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. La cantidad de lavamanos estarán En buen estado de Lavamanos. * * * proporcionales al conservación, número de escusados. mantenimiento.

3.3.2.2 3.3.2.3 3.3.2.4

Espejo. Jabonera. Pastilla de jabón diario.

* * *

* * *

* * *

3.3.2.5

Jabón líquido con dispensador.

-

-

*

3.3.2.6

Toalla absorbente. Toalla absorbente con dispensador.

*

*

-

-

-

*

3.3.2.8

Excusado.

*

*

*

3.3.2.9

Papelera o cesto higiénico con tapa.

*

*

*

3.3.2.10

Papel higiénico.

*

*

*

3.3.2.11

Ambientador para baños.

-

-

*

Cuando el hábitat lo permita

3.3.2.7

3.3.2.12

3.3.3 3.3.3.1 3.4 3.4.1 3.4.1.1

Señalización.

Servicio: En zonas de climas fríos debe ofrecer agua caliente. Área de Administrativa: Área de Oficina: Construcción:

Cuando el hábitat lo permita

En buen estado conservación, mantenimiento

*

*

*

-En las entradas a los servicios sanitarios de uso público accesible a una persona en silla de ruedas dentro de dichos servicios sanitarios, debe colocarse el símbolo internacional de accesibilidad. -Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

-

-

*

Cuando el hábitat lo permita

3.4.1.1.1

Área claramente definida para la operación de los diferentes departamentos según la estructura del establecimiento.

*

*

*

3.4.1.1.2

Área de baños para el personal (Damas y Caballeros).

*

*

*

3.4.1.1.3

Ancho mínimo de los pasillos de acceso de 1,50 m.

*

*

*

3.4.1.1.4

Salidas de escape claramente

*

*

*

El área debe contar con una ventilación apropiada para el bienestar de los empleados. Cumplir con la normativa legal vigente. Un baño para personas con discapacidad. Según la normativa legal vigente. Según la normativa

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

de

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio, huecos, grietas o cualquier signo de deterioro.

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

El piso, paredes, techo,

Pág. 17 de 37

identificadas y sin obstáculos ni barreras.

3.4.1.2 3.4.1.2.1 3.4.1.2.2 3.4.1.2.3

legal vigente.

Equipamiento: Mobiliario y equipos necesarios para su funcionamiento. Lámparas para la iluminación artificial. Aire acondicionado.

*

*

*

*

*

*

*

*

*

3.4.1.2.4

Señales que permitan identificar las diferentes áreas administrativas y las salidas de escape.

*

*

*

3.4.1.2.5

Sistema de seguridad contra incendio.

*

*

*

3.4.1.2.6

Puertas de escape.

*

*

*

3.4.1.2.7

3.4.1.3 3.4.1.3.1 3.4.2 3.4.2.1 3.4.2.1.1

3.4.2.1.2 3.4.2.1.3

3.4.2.1.4

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Baños para el personal (damas y caballeros).

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

Cuando el hábitat lo permita

Según la normativa legal vigente.

Cumplir con la normativa legal vigente. Cumplir con la normativa legal vigente. Dotación mínima: lavamanos, espejo, pastilla jabón, toallas absorbentes, excusados, papeleras, el baño para personas con discapacidad deberá cumplir con la normativa legal vigente. Debe estar señalizado.

En buen estado conservación, mantenimiento

de

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio, huecos, grietas o cualquier signo de deterioro. En buen estado conservación, mantenimiento

de

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Servicios: Cualquier tipo de asistencia al Turista o visitante cuando sea requerido este.

Gerencia de Unidades Habitacionales: Construcción: Área claramente definida para la operación de la gerencia de habitaciones. Área claramente definida para la Oficina del ama de llaves. Área claramente definida para la lavandería.

Área para el depósito de lencería de ropa sucia y ropa limpia y utilería por área.

Solo para el uso interno del campamento. En caso de no tener el equipamiento ni el área puede ser prestada por terceros.

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Pág. 18 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 3.4.2.1.5 3.4.2.2

3.4.2.2.1

3.4.2.2.2 3.4.2.2.3

Área para el cuarto camarera con lavamopas Equipamiento:

de

Contará con el mobiliario y equipos necesarios para el funcionamiento del departamento de habitaciones. Lámparas para la iluminación artificial. Depósito de lencería y utilería.

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

3.4.2.2.4

Lavadoras y secadoras.

*

*

*

3.4.2.2.5

Productos para la limpieza, lavado o mantenimiento.

*

*

*

3.4.2.2.6

Carrito de ama de llaves.

*

*

*

3.4.2.2.7

Kit de baño para habitaciones.

*

*

*

3.4.2.2.8

3.4.2.3 3.4.2.3.1 3.4.3 3.4.3.1 3.4.3.1.1 3.4.3.1.2

3.4.3.1.3 3.4.3.2 3.4.3.2.1

Gerencia de habitaciones, ama de llaves

En buen estado conservación, mantenimiento

de

En caso de no tener el equipamiento ni el área puede ser prestada por terceros. Cuando el hábitat lo permita. Tanto para el mantenimiento de las habitaciones como la lencería correspondiente. Lo que permita el hábitat.

En buen estado conservación, mantenimiento

de

En buen estado conservación, mantenimiento

de

*

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Servicios: Servicio de piso (cuarto de * * * camarera) con lavamopas. Departamento o división de alimentos y bebidas Construcción: Área claramente definida para * la Oficina del Jefe de Cocina. Área de maniobras – carga – descarga – control de * * mercancía. Salidas de escape claramente identificadas y sin obstáculos ni * * barreras. Equipamiento: Contará con el mobiliario y equipos necesarios para el * * funcionamiento de cada zona o área.

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Cuarto de lavamopa.

camarera

con

*

*

3.4.3.2.2

Lámparas para la iluminación artificial.

-

*

*

3.4.3.2.3

Ventilación.

-

*

*

Cumplir con la normativa legal aplicable en la materia.

En buen estado conservación, mantenimiento

de

El área, debe contar con una ventilación apropiada para el

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Pág. 19 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 los

3.4.3.2.4 3.4.3.3 3.4.3.3.1 3.4.4 3.4.4.1 3.4.4.1.1 3.4.4.1.2 3.4.4.1.3 3.4.4.1.4 3.4.4.1.5 3.4.4.1.6 3.4.4.2 3.4.4.2.1

3.4.4.2.2

Sistema de seguridad contra incendio.

-

*

*

-

*

*

Servicio: Sistema para el control de mercancía relacionada al área.

Departamento o división de mantenimiento Construcción: Área claramente definida para * * la Oficina de mantenimiento. Área para el tanque de agua. * * Área para la planta eléctrica. Área para talleres varios de mantenimiento. Depósito para artículos y utensilios de limpieza de todas las áreas del establecimiento. Salidas de escape. Equipamiento: Contará con el mobiliario y equipos necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de cada zona o área. Lámpara para la iluminación artificial.

* *

*

*

*

-

-

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

3.4.4.2.3

Ventilación.

*

*

*

3.4.4.2.4

Sistema de seguridad contra incendio.

*

*

*

3.4.4.2.5

Salidas de escape.

*

*

*

3.4.4.2.6

Tanque de agua.

*

*

*

3.4.4.2.7

Planta eléctrica.

*

*

*

3.4.4.3

Mantenimiento y limpieza de todas las áreas y equipos del establecimiento.

*

*

*

3.4.4.3.2

Atención al turista o visitante cuando este así lo solicite.

*

*

*

*

*

*

*

*

*

3.4.5.1.1 3.4.5.1.2 3.4.5.1.3

Cuando el hábitat lo permita

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Cumplir con la normativa legal vigente.

Apropiada para el bienestar de los empleados.

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

Cumplir con la normativa legal vigente.

Cuando el hábitat lo permita

Servicios:

3.4.4.3.1

3.4.5 3.4.5.1

bienestar de empleados. Cumplir con la normativa legal aplicable en la materia.

Departamento o división de Seguridad Construcción: Área claramente definida para * la Oficina de seguridad. Área claramente definida para la disposición de una * enfermería o sala de primeros auxilios. Área o depósito para el resguardo de objetos olvidados

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El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y

Pág. 20 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 3.4.5.2 3.4.5.2.1 3.4.5.2.2 3.4.5.2.3 3.4.5.2.4 3.4.5.2.5 3.4.5.2.6 3.4.5.2.7

3.4.5.2.8

3.4.5.3 3.4.5.3.1

3.4.5.3.2 4 4.1 4.1.1

4.1.1.1

4.4.2 4.4.2.1 4.4.2.2

4.4.2.3 4.2 4.2.1 4.2.1.1

en el establecimiento. Equipamiento: Contará con el mobiliario y equipos necesarios para el funcionamiento de cada zona o área. Lámpara para la iluminación artificial

*

*

*

*

*

*

Ventilación

*

*

*

Sistema de seguridad contra incendio. Extintores de incendio para vehículo. Botiquín de primeros auxilios. Camilla para la asistencia médica.

Sala a disposición de Servicios Médicos.

Servicios: Seguridad y asistencia médica al turista o visitante y empleados del establecimiento. Médico o paramédico.

funcionalidad.

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

Apropiada para el bienestar de los empleados. Cumplir con la normativa legal vigente.

-

-

*

Tensiómetro, bombonas de oxigeno, etc.

*

*

*

Las 24 horas del día

-

-

*

Disposición las 24 horas

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

ACCESIBILIDAD INTERNA Entrada Principal: Construcción:

Dispondrá de una entrada principal.

*

*

*

*

*

*

*

*

*

Sistema de iluminación * * permanente, natural o artificial Entrada de servicio o patio de maniobra: Construcción: Área para la entrada del personal.

*

Debe guardar armonía con los aspectos de la edificación.

El piso, paredes, techo, lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Equipamiento: Puertas acorde con estructura y decoración. Rampas.

la

*

Para uso peatonal y personas con discapacidad. Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Cuando el hábitat lo permita

Independiente de la entrada de los turistas o

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En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

El piso, paredes, techo,

Pág. 21 de 37

visitantes.

4.2.1.2

4.2.2 4.2.2.1 4.2.2.2 4.3 4.3.1

4.3.1.1

4.3.1.2 4.3.2 4.3.2.1

4.3.2.2

4.3.2.3

Área de carga y descarga.

*

*

*

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 lámparas o cualquier otro elemento estructural o decorativo deben estar en buen estado de mantenimiento y funcionalidad.

Equipamiento: Espacio demarcado o señalizado para la carga y * * * descarga de productos. Puerta o vía de acceso al campamento de turismo para el * personal. Áreas de Circulación Construcción: Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

Vías internas de circulación vehicular y peatonal, para el acceso directo al área o sitio para acampar o a las unidades habitaciones.

Rampas en todas las áreas de circulación. Equipamiento: Señales que permitan identificar las diferentes áreas de uso turístico, administrativas, servicios, entre otras. Señales de las salidas de escape, y de seguridad del establecimiento.

Sistema de iluminación permanente, natural o artificial.

*

*

*

-En los extremos de los pasillos cuando aplique se debe preverse el giro de una persona en silla de ruedas, para lo cual en cada extremo de pasillo se debe disponer de un diámetro libre mínimo de 1,50 m -Pavimentada (asfalto, granzón, concreto, adoquines o similar) y sin huecos. -Iluminado. -Demarcado, señalizado (entrada(s), salida(s), emergencia, sentido de circulación, áreas de interés). -Arborización en caso de estar al aire libre. -Aceras y rampas para discapacitados.

*

*

*

Se deben encontrar libres de obstáculos.

*

*

*

*

*

*

*

*

*

Las señales de seguridad deben corresponder con la normativa legal aplicable a la materia. Cuando el hábitat lo permita

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Debe encontrarse en buen estado de mantenimiento, higiene y seguridad.

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio, huecos, grietas o cualquier signo de deterioro.

En

buen

estado

de

Pág. 22 de 37

4.3.2.4

Luces de emergencia.

*

*

*

4.3.2.5

Rampas de circulación.

*

*

*

5 5.1

5.1.1

ESTACIONAMIENTO Construcción:

Área integrada a la edificación.

*

*

*

5.1.2

Área para el aparcamiento de vehículos automotores.

*

*

*

5.1.3

Deberá contar con para personas discapacidad.

*

*

*

5.2

5.2.1

5.2.2 5.3 5.3.1 6 6.1 6.1.1

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 Para casos de apagones o siniestros en los pasillos y vías internas de circulación, así como en las áreas o sitios para acampar del conservación, Campamento Turístico. mantenimiento y Cumplir con la funcionalidad. normativa legal aplicable a la materia. Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

puestos con

-La cantidad mínima de puestos dependerá del número de unidades habitacionales o área o sitio para acampar. -Aplicable para aquellos campamentos de turismo con acceso vial directo. -Deberá estar demarcada y señalizada. -Aplicable para aquellos campamentos de turismo con acceso vial directo hasta cierto punto. -Deberá estar demarcada y señalizada.

Debe encontrarse en buen estado de mantenimiento, pavimentada (asfalto, granzón, concreto, adoquines o similar).

Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

Equipamiento:

Puesto de vigilancia.

*

Contará con iluminación permanente. Servicio: Estacionamiento a disposición de los turistas o visitantes. ZONA HABITACIONAL CAMPAMENTOS FIJOS: Construcción :

6.1.1.1

Cabaña de un solo ambiente.

6.1.1.2

Cabaña de una (1) habitación.

6.1.1.3

Cabaña de habitaciones.

dos

(2)

*

*

*

*

*

*

*

*

20,0 m2 40,0 m2 -

30,0 m2 45,0 m2 50,0 m2

40,0 m2 50,0 m2 70,0 m2

El establecimiento dispondrá de un área para el personal, equipos de seguridad y vigilancia para los vehículos. Cuando el hábitat lo permita

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

Sin costo adicional para el turista o visitantes.

-Los establecimientos pueden estar conformados por cualquiera de estos tipos de unidades o combinaciones de ellas. -Las medidas

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Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

Pág. 23 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014

6.1.1.4

Cabaña acondicionada para personas con discapacidad

6.1.1.5

*

*

*

Cabaña de uso colectivo

74,0 m2

78,0 m2

82,0 m2

6.1.1.6

Habitaciones dobles.

13,5 m2

15,5 m2

18,0 m2

6.1.1.7

Habitaciones tipo suite.

19,0 m2

20,0 m2

25,0 m2

6.1.1.8

Mínimo una (1) ventana externa con entrada de luz y ventilación natural por cada ambiente que tenga la unidad habitacional.

*

*

*

6.1.1.9

Iluminación completa y suficiente (directa e indirecta).

*

*

*

6.1.1.10 6.1.2 6.1.2.1

6.1.1.2 6.1.1.3 6.1.1.4

expresadas son la mínima requerida y en -Mínimo una (1) por cada diez (10) cabañas. Si el campamento de turismo tiene menos de diez (10) cabañas, deberá contar por lo menos con una (1) habitación para personas con discapacidad. -Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Las medidas expresadas son la mínima requerida y en la misma está incluida el área del baño. Medida mínima. Cuando el establecimiento cuente con edificio. -En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, las cerraduras, controles y accesorios que puedan ser manipulados por los usuarios, se deben colocar a una altura comprendida entre 0,50 m y 1,20 m. Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

y

y

Área para el clóset, gavetero o * * * estante. Equipamiento: En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Puerta principal de la cabaña o * * * En buen estado de unidad habitacional con llave y conservación, con cerrojo interno que asegure mantenimiento y la privacidad del turista o funcionalidad. visitante. Mirilla óptica en la puerta. * Aviso de vías de escape y En buen estado de * * * procedimiento de emergencia. conservación, Cama(s): individual, * * * No es condicionante mantenimiento y matrimonial, queen size, king ningún tipo en particular, DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Pág. 24 de 37

size, o literas.

6.1.1.5

Alcayatas fijas o empotradas

*

*

*

6.1.1.6

Mueble de tocador o cómoda. Una (1) silla en habitación sencilla. Dos (2) sillas en habitación doble. Mesa de noche. Clóset, gavetero o estante. Cubrecama. Protector de Colchón.

*

*

*

-

*

*

*

*

*

* * -

* * * *

* * * *

6.1.1.7 6.1.1.8 6.1.1.9 6.1.1.10 6.1.1.11 6.1.1.12 6.1.1.13

Lencería, incluyendo cobija y almohada.

*

*

*

6.1.1.14

Lencería extra a solicitud del huésped.

*

*

*

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 dependerá del mercado de clientes del campamento de turismo. Indispensable en la unidad habitacional tipo cabaña de uso colectivo y será proporcional a la capacidad de funcionalidad. ocupación. Con espejo y silla

El servicio de cobija aplicará cuando las condiciones climáticas lo ameriten.

6.1.1.15

Mosquitero.

*

*

*

6.1.1.16

Aviso de no molestar. Agua mineral envasada según el número de turistas o visitantes. Jarra con agua potable y vasos, según el número de turistas o visitantes.

-

*

*

-

-

*

*

*

-

*

*

*

Con indicador de voltaje. Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

*

*

*

Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

-

-

*

-

*

-

*

-

-

*

*

*

A través de cualquier medio audiovisual.

*

*

* -

Servicio gratuito, según la ocupación.

6.1.1.17

6.1.1.18 6.1.1.19

Tomacorrientes

6.1.3.4

Interruptores de los circuitos de iluminación. Servicios: Cambio de sábanas diariamente o por nuevo turista o visitante. Cambio de sábanas cada dos días o por nuevo turista o visitante. Cambio de sábanas cada tres días o por nuevo turista o visitante. Información turística

6.1.3.5 6.1.3.6

Agua mineral envasada. Agua potable.

6.1.1.20 6.1.3 6.1.3.1 6.1.3.2 6.1.3.3

6.1.4 6.1.4.1

Este servicio debe diario y gratuito .

En buen estado conservación, mantenimiento

de

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

En buen estado conservación, mantenimiento

de

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

y

ser

y

A solicitud del huésped

Cocina - Sala - Comedor de la Cabaña Construcción: En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

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Pág. 25 de 37

6.1.4.1.1

Área para la cocina

*

*

*

6.1.4.1.3

Área para sala de estar.

*

*

*

6.1.4.2

6.1.4.2.1

6.1.4.2.2

6.1.4.2.3 6.1.4.2.4

6.1.4.2.5

Equipamiento: En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Cocina con tres (3) hornillas Se utilizará el tipo de para las cabañas con más de cocina y cantidad de cuatro (4) ocupantes y dos (2) * * * hornillas de acuerdo a la hornillas para las cabañas con ocupación de la cabaña. menos de cuatro (4) ocupantes. En buen estado de En unidad habitacional conservación, y tipo cabaña de uso mantenimiento colectivo. Se utilizará el funcionalidad. Cocina con más de tres (3) * * * tipo de cocina y hornillas. cantidad de hornillas de acuerdo a la ocupación de la cabaña. Excepto para la unidad Un (1) horno u horno * * habitacional tipo cabaña microondas. de uso colectivo Excepto para la unidad Gabinetes o espacios para * * * habitacional tipo cabaña almacenar alimentos y bebidas. de uso colectivo. En buen estado de conservación, Gabinetes o espacios para mantenimiento y almacenar cubertería, * * * funcionalidad. cristalería y vajilla.

6.1.4.2.6

Fregadero de platos.

*

*

*

6.1.4.2.7

Un escurridor de platos.

*

*

*

6.1.4.2.8

Una esponja lavaplatos.

*

*

*

6.1.4.2.9

Área de trabajo.

-

*

*

*

*

*

*

*

*

6.1.4.2.11

Una (1) nevera con cubetas para hielo. Tomacorrientes para artefactos eléctricos con indicador de voltaje.

6.1.4.2.12

Cubertería, cristalería y vajilla.

*

*

*

6.1.4.2.13 6.1.4.2.14

Mantel. Una (1) mesa de comedor con

-

*

*

*

*

*

6.1.4.2.10

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 Aplicable para unidades habitacionales tipo cabaña de uso colectivo. Las cabañas de un ambiente, de dos Las paredes, techos, puertas, o tres unidades pisos, habitacionales podrán lámparas, ventana entre otros elementos deben contar con kitchenette. estar en buen estado de En caso de ser una mantenimiento. unidad habitacional tipo cabaña de dos habitaciones.

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Debe tenerse disponible a solicitud del turista o visitante y de acuerdo a la ocupación. En cabaña de un solo

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

En buen estado conservación, mantenimiento.

de

En

de

buen

estado

y

Pág. 26 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 ambiente puede usarse una mesa plegable.

sillas según la capacidad.

6.1.4.2.15

6.1.5 6.1.5.1 6.1.5.1.1

Juego de sala separado de los dormitorios.

*

*

*

Para cabañas con más de una (01) habitación, de acuerdo a la ocupación. Excepto para la unidad habitacional tipo cabaña de uso colectivo

conservación, mantenimiento funcionalidad.

y

Servicio Sanitario: Cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Construcción: En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Área del baño.

2,50

6.1.5.1.2

Área de baño para el uso colectivo.

6.1.3.1.3

Ventilación a través descarga o ventanas.

de

3,00

4,00

Medidas mínimas m2 -Medidas mínimas m2 -Los baños colectivos serán proporcional a las personas servidas y separadas para damas y caballeros, deben cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

4,00

5,00

6,00

*

*

*

6.1.5.1.4

Tomacorriente

*

*

*

6.1.5.1.5

Iluminación general.

*

*

*

Con indicador de voltaje. En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia.

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

6.1.5.2.7

Equipamiento: En caso de ser una unidad habitacional para personas con discapacidad, los accesorios sanitarios tales como dispensador de jabón, dispensador de toallas u otros, deben ubicarse a una altura máxima de 1,00 m sobre el nivel del piso y cumplir con la normativa legal aplicable a la materia Excusado con tapa. * * * Toallero y/o gancho (Hook) O en cualquier parte del En buen estado de * * junto a la ducha o lavamanos. baño conservación, Lavamanos. * * * mantenimiento y funcionalidad. Ducha. * * * Espejo. * * * En buen estado de Alfombrin de baño. * * * conservación, Papelera con tapa. * * * mantenimiento.

6.1.5.2.8

Papel higiénico.

6.1.5.2 6.1.5.2.1 6.1.5.2.2 6.1.5.2.3 6.1.5.2.4 6.1.5.2.5 6.1.5.2.6

6.1.5.2.9 6.1.5.2.10

*

Kit de baño, por plaza cama: - Pastilla de jabón diario. - Champú. Juego de toallas de dos (2) piezas por turista o visitante.

*

*

* *

* *

* *

*

*

*

Mínimo dos rollos. Reponer de acuerdo al consumo. Cuando el hábitat lo permita Un juego de toallas esta conformado por: - Una toalla de ducha:

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En buen estado conservación, mantenimiento.

de

Pág. 27 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 Dimensión mínima de 60 cm x 1,40 m. - Una toalla de mano: Dimensión mínima de 40 cm x 70 cm. 6.1.5.3

6.1.5.3.1

6.2 6.2.1 6.2.1.1

6.2.1.1.1

6.2.1.1.2

6.2.1.2 6.2.1.2.1 6.2.1.2.2 6.2.1.2.3 6.2.1.2.4 6.2.1.2.5

Servicio:

Cambio de lencería de toallas.

*

*

*

Dependerá de la política de conservación y preservación al medio ambiente que tenga establecido el campamento de turismo (cambio diario, cada 2 días o cada 3 días) o a solicitud del turista o visitante.

*

- La superficie o zona para acampar estará identificada en un lugar visible. - La separación mínima entre carpas, será de dos (2) metros para el frente de la carpa y de un (1) metro para los laterales. - Iluminado. Demarcado, señalizado (entrada(s), salida(s), emergencia, sentido de circulación, áreas de interés). - Arborización

CAMPAMENTOS MÓVILES: ÁREA PARA ACAMPAR: Construcción:

Superfície o zona destinada para acampar.

Área para los servicios.

*

*

*

*

*

Debe encontrarse en buen estado de mantenimiento, higiene y seguridad.

-Lavado de vajillas y ropas, parrillas y servicio sanitarios. -El área de parrilla se regirá bajo la norma de servicios los complementarios. -Demarcado y señalizado

Equipamiento: Para las personas con discapacidad, los accesorios deben ubicarse a una altura máxima de 1,00 m sobre el nivel del piso y cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Servicio de agua potable en el * * * mismo terreno. Sistema para el suministro del Cuando el hábitat lo servicio eléctrico para los * * permita. campistas. Cumplir con la En buen estado de Sistema de seguridad contra * * * normativa legal conservación, incendio. aplicable a la materia. mantenimiento y Cuando el hábitat lo funcionalidad. Iluminación. * * * permita, en las áreas de los servicios. Equipos para la * Cuando el hábitat lo DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Pág. 28 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 radiocomunicación.

permita. Cuando el hábitat lo permita.

6.2.1.2.6

Tomas de electricidad.

-

*

*

6.2.1.2.7

Fregadero o lavadero.

*

*

*

6.2.1.2.8

Cubertería, cristalería y vajilla.

-

-

*

Debe tenerse disponible a solicitud del turista o visitante y de acuerdo a la ocupación.

En buen estado conservación mantenimiento.

de y

Mesas de comedor con sillas según la capacidad.

-

-

*

Puede utilizarse mesas y sillas plegables

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

6.2.1.2.9

6.2.1.2.10

Contenedor tapa.

*

*

*

6.2.1.2.11

Tableros de anuncios para el reglamento interno del campamento.

*

*

*

6.2.1.3 6.2.1.3.1

Servicio: Comunicación por radio

-

-

*

de

basura

con

6.2.1.3.2

Servicios de electricidad

-

*

*

6.2.1.3.3

Lavado de ropa

*

*

*

6.2.1.3.4

Lavado de vajilla

-

-

*

6.2.2 6.2.2.1

6.2.2.1.1

6.2.2.1.2 6.2.2.1.3

Estará visible y en un lugar inmediato al área de campistas.

Que garantice la iluminación y la alimentación para artefactos eléctricos en horarios nocturnos. Cuando el hábitat lo permita

y

En buen estado de conservación. Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio, huecos, grietas o cualquier signo de deterioro.

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

y

y

SERVICIOS SANITARIOS Construcción Los sanitarios para personas con discapacidad deben cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Las dimensiones de las salas El piso, paredes, techo, sanitarias estarán de acuerdo lámparas o cualquier con el número y tipo de las otro elemento piezas sanitarias que se estructural o decorativo instalarán en ellas, previendo * * * deben estar en buen los espacios mínimos estado de necesarios para su adecuado mantenimiento y uso, limpieza, reparación e funcionalidad. inspección. Debe contar con ventilación e * * * En buen estado de iluminación natural o artificial. conservación, Cada inodoro deberá instalarse * * * mantenimiento y en espacios cerrados de funcionalidad. carácter privado.

6.2.2.2.3

Equipamiento: En caso de ser sanitario para personas con discapacidad, cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Excusado * * * En buen estado de Lavamanos * * * conservación, mantenimiento y Lavapié * * funcionalidad.

6.2.2.2.4

Espejo

6.2.2.2 6.2.2.2.1 6.2.2.2.2

-

*

*

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Pág. 29 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 6.2.2.2.5

Ducha

5

10

15

6.2.2.2.6

Pastilla de jabón.

-

-

*

6.2.2.2.7

Toallas de Papel absorbentes.

-

*

*

6.2.2.2.8

Papelera o cesto higiénico con tapa o de vaivén.

*

*

*

6.2.2.2.9

Papel Higiénico

*

*

*

6.2.2.2.10

Ventilación natural directa del exterior.

*

*

*

6.2.2.2.11

Iluminación general.

*

*

*

6.2.2.2.12

Tomacorriente con indicación de voltaje.

-

*

*

6.2.2.2.13

6.2.2.3 6.2.2.3.1 6.3 6.3.1 6.3.1.1

6.3.1.1.1

6.3.1.1.2 6.3.1.1.3 6.3.1.2 6.3.1.2.1 6.3.1.2.2 6.3.1.2.3 6.3.1.2.4 6.3.1.2.5 6.3.1.2.6 6.3.1.2.7 6.3.1.2.8 6.3.1.2.9 6.3.1.2.10 6.3.1.3

Señalización

Cantidad mínima

En buen estado conservación, mantenimiento.

de

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de y

Debe mantenerse en buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio o cualquier signo de deterioro.

*

*

*

*

*

*

Cuando el hábitat lo permita

Medida mínima del área es igual al número de unidades habitaciones y área para acampar por el índice.

Servicio: En zonas de climas fríos debe ofrecer agua caliente.

SERVICIO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS Restaurante Construcción:

Área del comedor.

Contará con una entrada principal. Contará con una salida de escape. Equipamiento: Aire acondicionado. Mueble del cajero. Mesas para los comensales. Sillas disponibles para los comensales de acuerdo a la capacidad de la mesa. Silla para niños y niñas. Vajilla. Cubertería de acero inoxidable. Cristalería (vasos y copas). Mantelería o manteles individuales. Servilletas desechables. Servicio:

-

0,80

0,80

-

*

*

-

*

*

-

*

*

-

* * *

* * *

-

* * * *

* * * * *

-

*

*

Cuando el hábitat lo permita.

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento. En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

En buen estado conservación, mantenimiento funcionalidad.

de

y

Pág. 30 de 37

y

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 6.3.1.3.1 6.3.1.3.2 6.3.1.3.3 6.3.1.3.4 6.3.1.3.5 6.3.1.3.6 6.3.1.3.7 6.3.1.3.8 6.3.1.3.9

6.3.1.3.10 6.3.2 6.3.2.1

6.3.2.1.1

6.3.2.1.2

6.3.2.2

Desayuno, almuerzo o cena. Desayuno, almuerzo y cena, Horario de servicio al público. Menú con lista de precios. Menú con lista de precios (mínimo dos idiomas). Personal uniformado e identificado. Personal bilingüe, uniformado e identificado. Mesoneros. Mueble de lencerías y cubiertos (estación de mesoneros). Servicio de hielo a solicitud del turista o visitante.

-

* * *

* * -

-

-

*

-

*

*

-

-

*

-

*

*

-

*

*

-

*

*

A la vista del público.

Una estación por cada veinte (20) comensales.

Sanitarios Público del Restaurante Construcción: Existirán baños de damas y caballeros para cada punto de alimentos y bebidas que tenga a disposición el campamento de turismo. -Cumplir con la normativa legal vigente. Las dimensiones de las salas -Deberá contar como sanitarias estarán de acuerdo mínimo con una sala Las paredes, techos, con el número y tipo de las puertas, para personas con pisos, piezas sanitarias que se lámparas, ventana entre discapacidad (damas y instalarán en ellas, previendo * * otros elementos deben caballeros) los espacios mínimos estar en buen estado de necesarios para su adecuado -Cada excusado deberá mantenimiento. uso, limpieza, reparación e instalarse en espacios inspección. cerrados de carácter privado. Debe estar en buen estado de * * mantenimiento y funcionalidad. Equipamiento:El equipamiento en baños para personas con discapacidad debe cumplir con la normativa legal aplicable a la materia. Debe contar con ventilación e iluminación natural o artificial.

6.3.2.2.1

Lavamanos.

-

*

*

6.3.2.2.2

Espejo.

-

*

*

6.3.2.2.3

Pastilla de jabón.

-

*

*

6.3.2.2.4

Toalla de papel absorbente con dispensador.

-

*

*

6.3.2.2.5

Excusado con tapa.

-

*

*

6.3.2.2.6

Papelera o cesto higiénico con tapa o de vaivén.

-

*

*

6.3.2.2.7

Papel higiénico.

-

*

*

6.3.2.2.8

Señalización.

-

*

*

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Debe estar en estado mantenimiento funcionalidad.

buen de y

Debe estar en estado mantenimiento funcionalidad.

buen de y

Debe

mantenerse

en

Pág. 31 de 37

6.3.2.2.9

Ambientador.

-

-

*

6.3.2.2.10

Decoración.

-

-

*

-

*

*

-

*

*

-

*

*

-

-

*

-

*

*

-

*

*

-

*

*

-

*

*

-

*

*

6.3.2.3

6.3.2.3.1

6.3.3 6.3.3.1 6.3.3.1.1 6.3.3.1.2 6.3.3.1.3 6.3.3.1.4 6.3.3.1.5 6.3.3.1.6 6.3.3.1.7 6.3.3.2 6.3.3.2.1

Servicio: En zonas de climas fríos debe ofrecer agua caliente en el lavamanos. Cocina Principal Construcción: Área de cocina. Área para el depósito de alimentos no perecederos. Área para el almacén de bebidas refrigeradas y a temperatura ambiente. Área de almacén de utensilios. Área para la línea de comida caliente Zona de lavado: vajilla, cristalería, ollas, remoción de basura y desperdicios. Área de aislamiento entre cocina y sala de restaurante. Equipamiento: Campanas de extracción sobre cada uno de los equipos de cocinas, (hornillas), planchas para asar, y otros similares.

6.3.3.2.2

Tablas para la preparación de alimentos.

-

*

*

6.3.3.2.3 6.3.3.2.4 6.3.3.2.5 6.3.3.2.6

Sistema de Ventilación. Cocina con extractor de humos. Despensa de alimentos. Despensa de uso diario

-

* * * *

* * * *

6.3.3.2.7

Cavas de uso diario

-

*

*

-

-

*

-

*

*

-

*

*

-

*

*

6.3.3.2.8 6.3.3.2.9 6.3.3.2.10 6.3.3.2.11 6.3.3.3

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 buen estado, carecer de manchas, decoloración, óxido, sucio o cualquier signo de deterioro. Cuando el hábitat lo permita

Cavas de congelados para uso general. Mesa para la preparación de uso general. Fregadero para la vajilla, ollas cristalería y cubertería. Guantes para el manejo de alimentos. Servicios:

Si el hábitat lo permite.

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, ventana entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento.

Las tablas deberán ser clasificadas por tipo o clase de alimentos.

Se requiere cuando el depósito o despensa de alimentos no se encuentra cerca de la cocina. Pueden ser sustituidas por equipo de congelación o de refrigeración.

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Debe estar en estado mantenimiento funcionalidad.

buen de y

Debe estar en estado mantenimiento.

buen de

Debe estar en estado mantenimiento funcionalidad.

buen de y

Pág. 32 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 6.3.3.3.1

Desayuno – almuerzo o cena.

-

*

-

6.3.3.3.2

Desayuno – almuerzo y cena.

-

-

*

6.4

6.4.1

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS: Las condiciones mínimas de construcción, equipamiento y servicios se establecerán en el instructivo técnico correspondiente. Debe estar en buen estado de Área para parrillas * * * mantenimiento y funcionalidad.

6.4.2

Tienda de venta de víveres y productos de primera necesidad.

*

*

*

6.4.3

Cancha de usos múltiples

*

*

*

6.4.4

Parque infantil

-

*

*

6.4.5 6.4.6

Zona infantil

*

-

-

Otros servicios: recreativos; Infantiles; de salud; para mascotas; de alimentos y bebidas.

-

1

2

Las paredes, techos, pisos, puertas, lámparas, entre otros elementos deben estar en buen estado de mantenimiento. Debe estar en estado mantenimiento funcionalidad.

buen de y

-Cantidad mínima de servicios complementarios a ofertar. Si los servicios recreativos son de mesas podrán estar ubicados en el área del lobby. -Las condiciones mínimas de construcción, equipamiento y servicios se establecen en instructivo técnico para tal fin. -Aquellos servicios que no se mencionen en la presente resolución serán evaluados considerando el mantenimiento y conservación de las instalaciones, equipos, entre otros elementos o servicios complementarios que el establecimiento ofrezca al turista o visitante.

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Pág. 33 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014



Requisitos por Categoría

Requisitos

3era

7

Mantenimiento y Funcionalidad

1era

ADMINISTRACIÓN Y ORGANIZACIÓN: Los diferentes elementos que se abarcan deben estar soportados en forma escrita, indicando (si es el caso) los responsables y tiempo o lapso de ejecución. Estarán en óptimas condiciones, con las ultimas actualizaciones realizadas

7.1.1

Administración y Organización: Instrumentos administrativos:

7.1.1.1

Manual de organización.

7.1

2da

Especificaciones

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

*

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

*

*

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

-

-

*

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

*

*

*

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

*

*

*

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

*

Personal capacitado para brindar 7.1.1.2

primeros

auxilios

en

el

mantenimiento

del

campamento de turismo. 7.1.1.3

Plan

de

campamento de turismo. Plan o programa para el control

7.1.1.4

de plagas de todas las áreas del

7.1.2

campamento de turismo. Gestión de Calidad:

7.1.2.1

7.1.2.2

Política y objetivos de calidad del campamento de turismo. Plan

de

contingencia

desastres naturales e incendios. Cronograma

7.1.2.3

7.1.3

para

para

mantenimiento preventivo

y

el general,

correctivo

del

Según las diferentes áreas o servicios.

campamento de turismo. Responsabilidad social: Fomento de acuerdos o alianzas

7.1.3.1

con la comunidad organizada de su localidad.

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Pág. 34 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 Ofrece y participa en la solución de los problemas planteados por 7.1.3.2

la

comunidad

cualquier

organizada

otra

forma

y de

*

*

*

*

*

*

*

*

*

participación popular, ubicada en su entorno. Información

a

los

turistas

o

visitantes y personal sobre las 7.1.3.3

normas de uso de las áreas protegidas y atractivos naturales o culturales del sitio. Instructivo

7.1.3.4

de

seguridad

y

emergencia para los turistas o visitantes y el personal.

7.2 7.2.1 7.2.1.1

Inventario de lencería de las unidades habitacionales. de

tiendas

*

*

*

Solo para campamentos fijos

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

de

campaña (carpas) u otro tipo de

*

*

*

En caso de que el establecimiento preste el servicio de alquiler de este tipo de unidades

-

*

*

Solo para campamentos fijos

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

*

*

*

Solo para campamentos fijos

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

habitaciones móviles. Programación para cambio de 7.2.1.3

7.2.2

7.2.2.1

7.2.2.2

7.2.3

de y

HABITACIÓN: unidades habitacionales fijas y móviles. Instrumentos administrativos:

Inventario 7.2.1.2

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

lencería

en

unidades

habitacionales. Gestión de Calidad: Plan de rotación y cambio de colchones y lencería. Plan de rotación y cambio de unidades móviles.

*

*

*

En caso de que el establecimiento preste el servicio de alquiler de este tipo de unidades

*

*

*

Solo para campamentos fijos

-

*

*

-

*

*

Responsabilidad Social: Uso de productos biodegradables

7.2.3.1

para la limpieza y lavado de lencería.

7.3 7.3.1 7.3.1.1

7.3.1.2 7.3.2

ALIMENTOS Y BEBIDAS Instrumentos administrativos: Manuales para la manipulación de alimentos. Manejo de programas para el control de plagas. Gestión de Calidad:

DESPACHO DE LA VICEMINISTRA DE TURISMO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD TURÍSTICA

Pág. 35 de 37

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014 7.3.2.1

7.3.3

7.3.3.1

Registro de limpieza diaria de los restaurantes y comedores.

*

*

*

*

*

*

En buen estado mantenimiento funcionalidad.

de y

Responsabilidad social: Uso de productos biodegradables para la limpieza y lavado.

Área de la cocina, vajillas, batería de cocina.

Artículo 18. El incumplimiento de la presente Resolución acarreará las sanciones administrativas contenidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo. Artículo 19. Se deroga la Resolución N° 133 en la cual se establecen las Normas para Regular la Actividad de los Campamentos Turísticos, de fecha 23 de enero de 1992, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela de fecha 24 de enero de 1992, Número 34.889. Artículo 20. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuníquese y Publíquese. Por el Ejecutivo Nacional.

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ANDRES GUILLERMO IZARRA GARCÍA

PROYECTO ÚLTIMA REVISIÓN 31-07-2014

Ministro del Poder Popular para el Turismo

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