Resumen Historia de la Educacion en la Argentina - parte 1

Bases Constitucionales de la Educación Argentina: a) Extraer y analizar el /los artículos en los que se hace referencia

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Bases Constitucionales de la Educación Argentina: a) Extraer y analizar el /los artículos en los que se hace referencia a la Educación. PRIMERA PARTE - Capítulo Único: Declaraciones, Derechos y Garantías. Artículo 5: Cada Provincia Confederada va a dictar su Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal y la educación primaria gratuita. Cuando se promulgo esta ley solo era obligatoria y gratuita la educación primaria, el gobierno debía encargarse de garantizar las condiciones necesarias en las instituciones. b) Realizar la lectura de la actual constitución de la nación argentina y extraer y analizar el/los artículos referidos a la educación Artículo 5°Artículo 41º- ….Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Capítulo Cuarto. Atribuciones del Congreso Artículo 75- Corresponde al Congreso: 17. Garantizar el derecho a una educación bilingüe e intercultural de los pueblos indígenas. 19. Sancionar leyes de organización y de base de la educación que aseguren la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales. Título Segundo - Gobiernos de provincia Artículo 125. Las provincias y la ciudad de Buenos Aires deben promover el progreso económico, el desarrollo humano, la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura. La constitución de la Nación Argentina de 1994, en sus artículos hace hincapié en: Asegurar la Educación Primaria, la Educación Ambiental, Educación Bilingüe e Intercultural, además de sancionar leyes que tengan como una de sus bases la Educación, la equidad en la educación pública estatal, y que cada provincia promueva entre otras, la educación. c) Señalar diferencias/similitudes que encuentre entre el actual texto y el texto de la confederación argentina Ambas constituciones trataron el tema de una educación primaria gratuita. Pero la reciente constitución se explayo más en la educación, determinando que tipos de educación debía impartirse y de que se debían encargar las provincias. No solo trata, sino que incentiva a promover la educación en todos los niveles. Ley 1420 a) ¿Cuándo fue sancionada la Ley 1420? La Ley 1420 de Educación Común fue sancionada el 26 de junio de 1884 y promulgada el 8 de julio de 1884, publicada en Anales de Legislación Argentina, después de fuertes debates en el Congreso Nacional y en la prensa. b) Describa el escenario socio-político en el que se sanciono la Ley 1420. La ley fue sancionada durante el mandato de Julio Argentino Roca en una época que tenía una población analfabeta y muy heterogénea culturalmente debido a las migraciones. Además el territorio no estaba integrado, existía una ausencia de Estado y una despreocupación política. Argentina no tenía un sistema escolar único. En 1883 se había rechazado un proyecto educativo apoyado por los católicos e inmediatamente los liberales del Congreso presentaron una propuesta alternativa la cual dejaba en forma optativa la inclusión de la religión en las escuelas.

c) ¿Que función prioriza esta Ley?   

favorecer y dirigir el desarrollo moral, intelectual y físico de todo niño de 6 a 14 años de edad. Alfabetizar y homogenizar al ciudadano para que se adapten al modelo de país que se pretendía. Conservar las normas de la higiene, rigurosidad y trabajo.

d) ¿Por qué se denominó Ley de Educación Común? Porque la enseñanza primaria era gratuita, obligatoria, mixta y laica para todo niño de 6 a 14 años de edad. e) ¿Cómo está conformada esta Ley? Está formada por 82 artículos, divididos en 9 capítulos.         

Capítulo I: Principios generales sobre la enseñanza pública de las escuelas primarias. Capítulo II: Matrícula escolar, registro de asistencia, estadística de las escuelas y censo de la población escolar. Capítulo III: Personal docente. Capítulo IV: Inspección Técnica y administración de las escuelas. Capítulo V: Tesoro común de las escuelas- Fondos escolar permanente. Capítulo VI: Dirección y Administración de las escuelas públicas. Capítulo VII: Bibliotecas Populares. Capítulo VIII: Escuelas y Colegios Particulares. Capítulo IX: Disposiciones Complementarias.

f) ¿Qué características esenciales tiene esta Ley?  Art. 1. Favorecer y dirigir el desarrollo moral, intelectual y físico de los alumnos.  Art. 2. Debe ser "obligatoria, gratuita, gradual y dada conforme a los preceptos de higiene”.  Art. 3. La obligación escolar le corresponde a los padres, tutores o encargados de los niños.  Art. 6. El contenido mínimo en materias son, lectura y escritura; matemática, física, ciencias naturales, geografía e historia nacional y universal, dibujo, música, gimnasia, nociones de higiene y conocimiento de la Constitución Nacional.  Art. 8. (956) La enseñanza religiosa sólo podrá ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunión, y antes o después de clase. g) ¿Qué territorios abarco la aplicación de la Ley? El Estado nacional limitaría su influencia a las escuelas de la Capital, colonias y territorios nacionales y en las escuelas normales, dejando a los gobiernos provinciales la facultad de dictar sus propias leyes de educación. Sin embargo, el gobierno nacional a través de los subsidios a las escuelas en las provincias tenía autoridad para inspeccionarlas. Ley 4874 (Ley Láinez) a) ¿Cuándo fue sancionada la Ley 4874? La Ley 4874, también llamada Ley Láinez es sanciono el 30 de septiembre de 1905. b) Realiza una síntesis bibliográfica de su promotor     

Nació en Buenos Aires en 1852. Fue periodista. Fundó el periódico El Diario, Colaboró en el diario La Tribuna y luego en La Tribuna Nacional. Fue diputado nacional, senador y embajador extraordinario ante Italia y Francia. En sus escritos hablaba mucho sobre el desarrollo de la enseñanza para el progreso republicano, a partir de la educación pública y la cultura. Por medio de la educación pública gratuita y obligatoria la integración y formación nacional de indígenas, criollos e hijos de inmigrantes.

c) Describa el escenario socio-político en el que se sanciono la ley. En 1905, la educación vuelve a ser tema de debate, sectores del gobierno conservador de Manuel Quintana proponen la posibilidad de impulsar cambios en el sistema educativo. Se vivía un clima de descontento social y el Gobierno utilizaba la violencia y la represión ante cualquier tipo de protesta. El movimiento obrero, integrado en su mayoría por inmigrantes, reclamaba mejores condiciones de vida. En las ciudades más importantes del país se inicia una rebelión cívico-militar contra el Gobierno. En donde se exigía el fin del fraude electoral y la manipulación de las elecciones. Los reclamos eran encabezados por la refundada Unión Cívica Radical. Finalmente, las fuerzas de Quintana logran imponerse acabando con la revuelta. El Gobierno aprovecha para hostigar a otros sectores que no participan del alzamiento, pero cuestionaban con sus demandas (vinculadas a ideales europeas) al poder. Láinez junto a los modernistas consideran que sumar al escenario político a radicales y socialistas ayudará a contrarrestar el mal clima que se vivía. Considera que los crecientes índices de analfabetismo, era un impedimento para el crecimiento del país. Por eso presenta un proyecto de ley para ampliar el horizonte educativo en el territorio nacional. d) ¿Cuáles fueron los principales rectores de esta ley?     

Ampliar el acceso a la educación mediante la construcción de escuelas en las provincias. Pretende que se contemple la formación de los docentes que enseñan en dichas escuelas. Erradicar el analfabetismo. Racionalizar el gasto público. Argentinizar a los hijos de los inmigrantes.

e) ¿Cómo está conformada esta Ley? Esta ley está conformada por 6 artículos. Art 1. El Consejo Nacional de Educación procederá a establecer directamente en las provincias que lo soliciten escuelas elementales, infantiles, mixtas y rurales en las que se dará el mínimo de enseñanza establecido en el artículo 12 de la ley 1420, del 8 de julio de 1884. Para determinar la ubicación de estas escuelas se tendrá en cuenta el porcentaje de analfabetos que resulta de las listas presentadas por las provincias para recibir subvención escolar. Art 2. El sueldo que ganarán los directores y maestros de estas escuelas será de igual categoría al que ganan los de los territorios nacionales. Art 3. Para gastos internos, sueldos de personal docente y pasaje de los maestros, asígnese la suma de cuarenta mil pesos moneda nacional mensual. Para edificación, alquileres, reparaciones, refacciones, compra de útiles de enseñanza y de servicio, asignase la suma de sesenta mil pesos moneda nacional mensuales. Art 4. Mientras estos gastos no sean incluidos en la ley general de presupuesto, se pagarán de rentas generales, imputándose a esta ley. Art 5. El Consejo Nacional de Educación presentará al Poder ejecutivo una memoria referente al establecimiento y situación de las escuelas creadas por esta ley. Art 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

f) ¿Qué hechos marcan el ocaso de la misma? A partir de la Revolución Libertadora, se multiplican las voces que apoyan un retroceso del Estado en el área educativa. Aumenta el número de colegios privados y religiosos y las provincias piden mayores controles sobre la enseñanza que se imparte en sus territorios. El Estado debe achicar el gasto público, y la educación es uno de los sectores más perjudicados.

Desde 1968 a 1980, el Estado reduce fuertemente las asignaciones al ámbito escolar. A través de leyes, decretos o transferencias de escuelas a sus jurisdicciones se va destruyendo el sistema educativo estatal. El 14 de abril de 1993, durante el gobierno de Menem es sancionada la Ley Federal de Educación. Ley 1597 (Ley Avellaneda) a) ¿Cuándo fue sancionada la Ley 1597? La Ley 1597, también llamada Ley Avellaneda se sanciono el 21 de junio de 1885. b) Describa el escenario socio-político en el que se sanciono la ley. Durante las últimas décadas del siglo XIX y principios del siglo XX, la Argentina entra en el campo de influencia de la ciencia moderna y los desarrollos tecnológicos. Es el periodo en el que la “cultura científica” extiende sus dominios a sectores muy amplios de la población urbana del país. Se promociona principalmente en las universidades, la actividad científica y el apoyo a las actividades de modernización tecnológica, relacionadas con el desarrollo económico. La Republica Conservadora se debatía entre la modernización de la sociedad y el mantenimiento de estructuras económicas y políticas, que beneficiaban a una elite oligárquica a nivel nacional. En respuesta al sostenido crecimiento que experimentaron las universidades en Argentina entre 1870 y 1880, donde se incorporaron las carreras de ciencias exactas, físicas y naturales, medicina, farmacia, obstetricia, odontología, agrimensura e ingeniería civil, se promulgó la Ley Avellaneda. c) ¿Cuáles fueron los principales rectores de esta ley?   

Introducía los principios de autonomía universitaria, La elección de autoridades por parte de la comunidad universitaria. La formación de una asamblea universitaria y de un consejo superior.

d) ¿Cómo está conformada esta Ley? Esta ley está conformada por 4 artículos. Art. 1º. El Poder Ejecutivo ordenará que los Consejos Superiores de las Universidades de Córdoba y de Buenos Aires, dicten sus estatutos en cada una de estas Universidades, subordinándose a las reglas siguientes: 1-La Universidad se compondrá de un rector, elegido por la Asamblea Universitaria, el cual durará cuatro años, pudiendo ser reelecto; de un Consejo Superior y de las Facultades que actualmente funcionan, o que fuesen creadas por leyes posteriores. La Asamblea Universitaria es formada por los miembros de todas las Facultades. 2-El Rector es el representante de la Universidad; preside las sesiones de las Asambleas y del Consejo; y ejecuta sus resoluciones. Corresponde asimismo al Rector el puesto de honor en todos aquellos actos de solemnidad que las Facultades celebren. 3-El Consejo Superior se compone del Rector, de los decanos de las Facultades y de dos delegados que éstas nombren. Resuelve en la última instancia las cuestiones contenciosas que hayan fallado las facultades, fija los derechos universitarios con la aprobación del Ministerio de Instrucción Pública, y dicta los reglamentos que sean convenientes y necesarios para el régimen común de los estudios y disciplina general de los establecimientos universitarios. 4-Cada Facultad ejercerá la jurisdicción política y disciplinaria dentro de sus institutos respectivos, proyectará los planes de estudios y dará los certificados de exámenes en virtud de los cuales la Universidad expedirá exclusivamente los diplomas de sus respectivas profesiones científicas, aprobará o reformará los programas de estudios presentados por los profesores, dispondrá de los fondos universitarios que le hayan sido designados para sus gastos, rindiendo una cuenta anual al Consejo Superior, y fijará las condiciones de admisibilidad para los estudiantes que ingresen en sus aulas. 5-En la composición de las Facultades entrará por lo menos una tercera parte de los profesores que dirigen sus aulas correspondiendo a la facultad respectiva el nombramiento de todos los miembros titulares. Todas las Facultades tendrán un número igual de miembros que no podrá exceder de quince.

6-Las cátedras vacantes serán llenadas en la forma siguiente: la Facultad respectiva votará una terna de candidatos que será pasada al Consejo Superior, y si este la aprobase será elevada al Poder Ejecutivo quien designara de ella el profesor que deba ocupar la cátedra. 7-Los derechos universitarios que se perciban, constituirán el "fondo universitario", con excepción de la parte que el Consejo Superior asigne, con la aprobación del Ministerio para sus gastos y para los de las Facultades. Anualmente se dará cuenta al Congreso de la existencia e inversión de los fondos. Art. 2º. Los Estatutos dictados por los Consejos Superiores con arreglo a las bases anteriores serán sometidos a la aprobación del Poder Ejecutivo. Art. 3º. La designación de los profesores se hará por el Poder Ejecutivo, a propuesta de las Facultades respectivas. Art. 4º. Comuníquese, etcétera.

Reforma Universitaria de 1918 a) ¿Cuáles fueron los hechos que marcan el inicio de la reforma? En Argentina solo existían 3 universidades nacionales (Córdoba, Buenos Aires y La Plata) y el número de estudiantes que asistían a ellas había crecido de 3.000 a 14.000 entre los años 1900 y 1918, en su mayoría eran hijos de inmigrantes de los sectores medios de la sociedad, los cuales pasaron a formar el movimiento reformista. Comenzaron a crearse centros de estudiantes, los cuales protestaron contra las exigencias de asistir a clases y por la deficiente organización del Hospital de Clínicas. Se fundan entonces las Federaciones Universitarias. Se intervino a la Universidad de Córdoba, y se realizaron las primeras reformas, pero la manipulación de la elección del nuevo rector por los grupos tradicionales agudiza el conflicto. Los estudiantes declaran la huelga, ocupan la sede de la universidad, solicitan una nueva intervención y definen sus aspiraciones. El 15 de junio, la elección de Antonio Nores (perteneciente a la lógica católica) como rector de la Universidad Nacional de Córdoba fue el detonante del estallido. Los estudiantes ocuparon el Salón de Grados y exigieron el gobierno tripartito de la universidad (representación de estudiantes, docentes y graduados) el llamado a concurso para ocupar los cargos docentes y el fin de la influencia clerical en las aulas. El 23 de junio, el socialista Alfredo Palacios viajó a Córdoba y encabezó una manifestación de alrededor de 10.000 personas. La FUC (Federación Universitaria de Córdoba), dio muestras de una importante capacidad de movilización. A pesar de que la universidad fue clausurada, el 9 de septiembre los estudiantes la "tomaron'' hasta que fueron desalojados por el ejército y la policía. b) Describa el escenario socio – político en el que se desarrolló la misma. Mientras en Europa se desarrolla la 1° Guerra Mundial, en 1916 Hipólito Irigoyen asume en Argentina la Presidencia de la Nación. Un año más tarde, en octubre de 1917, estalla la Revolución Rusa y cae el régimen zarista. La quiebra de ideales y el acceso del radicalismo al gobierno a través del voto universal, fueron los primeros hechos que motivaron el movimiento estudiantil. La Universidad de Córdoba, la más antigua del país, fundada en 1613 fue durante varios siglos el principal centro de selección de las élites gobernantes locales: suministraba gobernadores, ministros y funcionarios. Era una universidad influida por la Iglesia Católica y por un grupo de familias aristocráticas, cuyos apellidos se repetían en la titularidad de las cátedras a través de generaciones. En un clima marcado por el escolasticismo (para el cual, todas las ciencias eran tributarias de la teología), todo planteo social, educativo o pedagógico renovador era cuestionado por las autoridades. En 1918, los estudiantes cordobeses decidieron poner punto final a una atmósfera intelectual que percibían como asfixiante. Dos factores coincidían para favorecer su movilización. En primer lugar, un contexto internacional en el que los ecos de la revolución mexicana y la Revolución Rusa parecían abrir las puertas a cambios sociales profundos. En segundo lugar, la presencia de estudiantes descendientes de inmigrantes chocaba con la hábito social que reproducía la universidad.

c) ¿Cuáles fueron los principales rectores de la reforma?       

Cogobierno estudiantil Autonomía universitaria Docencia libre Libertad de cátedra Concursos con jurados con participación estudiantil Investigación como función de la universidad Extensión universitaria y compromiso con la sociedad

d) ¿Quienes firmaron el Manifiesto Liminar?               

Enrique F. Barros Horacio Valdés Ismael C. Bordabehere, presidente. Gurmensindo Sayago Alfredo Castellanos Luis M. Méndez Jorge L. Bazante Ceferino Garzón Maceda Julio Molina Carlos Suárez Pinto Emilio R. Biagosch Angel J. Nigro Natalio J. Saibene Antonio Medina Allende Ernesto Garzón.

e) Realice una reseña bibliográfica del santiagueño firmante del texto. GUMERSINDO SAYAGO: Nació en Santiago del Estero el 10 de diciembre de 1893 y falleció en 1959, hijo del ex diputado provincial y profesor del Colegio Nacional de Santiago del Estero D. Gumersindo Sayago y de doña Rosario Gallardo. Una vez terminada su formación escolar y secundaria se trasladó a Bs. As. Para iniciar sus estudios de medicina, durante su vida en la capital vivió muy pobre. Debió trabajar y lo hizo en la farmacia del Hospital Fernández. Se distinguió enseguida como alumno brillante, pero enfermó de tuberculosis y viajo a las sierras de Córdoba para curarse. Una vez mejorado, se dirigió a Córdoba ingresando en la Facultad de Medicina donde también se destacó por el brillo de su inteligencia. En esa época fue delegado por la Federación Universitaria de Córdoba al Primer Congreso Nacional de Estudiantes Universitarios. Veinte años más tarde, al inaugurar su cátedra de tisiología, desarrolló el tema social de la tuberculosis con gran extensión. Por sus clasificaciones fue entonces practicante del Hospital Nacional de Clínicas y obtuvo su título de doctor en medicina el 16 de abril de 1919. Trabajó durante los años 1919 al 21, como médico del Dispensario de Tuberculosis “Transito Cáceres de Allende” y al mismo tiempo inició su actividad docente como adscripto a la cátedra de clínica epidemiológica. Transitó una intensa vida médica, ocupó diversos cargos y obtuvo numerosos honores dispensados por instituciones médicas, nacionales y mundiales. Su humanidad lo llevó a estudiar e interesarse por todos los problemas que atañen al hombre, como la libertad, el arte, su tierra santiagueña, el trabajo, la paz, el panamericanismo y en definitiva, la vida.